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Bases que han de regir la convocatoria de concurso para selección de Cartel anunciador de las Fiestas de Alcañiz  para el año 2018.

Publicado el  6/11/18, BOP número  110

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcañiz

Departamento:
Ayto. de Alcañiz

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En el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 107 de 6 de junio de 2018, aparece publicado extracto de la convocatoria y Bases que han de regir la convocatoria de concurso para selección de Cartel anunciador de las Fiestas de Alcañiz para el año 2018 (BDNS. Identificador: 402016 ).
Por medio del presente se publican íntegramente las Bases de la misma para general conocimiento:
BASES CONCURSO DEL CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FERIAS Y FIESTAS, 2018
1.- OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de este concurso es fomentar la participación ciudadana para elegir el Cartel Anunciador de las Fiestas de Alcañiz 2018 mediante la concesión de premios que se considerarán a efectos de su naturaleza jurídica como una subvención a favor de quien resulte ganador del mismo.
El concurso tendrá dos modalidades:
a) GENERAL.- Podrá tomar parte toda persona que lo desee. Cada concursante solo podrá presentar un máximo de dos obras. Es condición indispensable que las obras sean trabajos originales. Serán descalificadas las obras que, en todo o en parte, supongan copia o plagio de otros trabajos publicados en cualquier modalidad.
b) INFANTIL.- Podrán participar todos/as los/as interesados/as en edad escolar en 5 secciones: 2º ciclo de Infantil, 1º, 2º y 3º ciclo de Primaria y ciclo de Secundaria.
El Concurso se ajustará exclusivamente a temática INSPIRADA en las FIESTAS PATRONALES DE ALCAÑIZ.
2.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
El primer premio en efectivo se satisfará con cargo a la partida (nueva partida) recogida en el Proyecto de Presupuestos para 2018 por lo que su pago quedará condicionado a la aprobación del mismo.
3.- IMPORTE DEL PREMIO
CONCURSO GENERAL: El primer premio será de 1.000 €. Se otorgarán tres accésit de 100 € cada uno a los mejores carteles de entre las obras pictóricas presentadas (que no hayan sido premiadas).
CONCURSO INFANTIL: 5 premios (1 premio por ciclo) de: 30 €.
Tanto los accésits como los premios de las categorías infantiles serán abonados por El Hotel Guadalope, copatrocinador del concurso.
4.- PARTICIPANTES. REQUISITOS Y FORMA DE ACREDITACIÓN
4.1.- La participación en el Concurso lleva implícita la aceptación de las presentes bases. El concurso tendrá dos modalidades:
a) GENERAL.- Podrá tomar parte toda persona que lo desee. Cada concursante solo podrá presentar un máximo de dos obras. Es condición indispensable que las obras sean trabajos originales. Serán descalificadas las obras que, en todo o en parte, supongan copia o plagio de otros trabajos publicados en cualquier modalidad.
b) INFANTIL, podrán participar todos/as los/as interesados/as en edad escolar en 5 secciones: 2º ciclo de Infantil, 1º, 2º y 3º ciclo de Primaria y ciclo de Secundaria.
4.2.- Para participar se deberán tener en cuanta los siguientes requisitos:
4.2.1- Formato.
GENERAL: El Cartel tendrá forma vertical, con una superficie pintada de 50 x70 cm. Sin márgenes, de orientación vertical, presentándose OBLIGATORIAMENTE sobre soporte duro. No serán valorados por el jurado los que presenten otras dimensiones y no cumplan con la presentación en soporte rígido.
INFANTIL: tamaño folio (A4), sin márgenes y de orientación vertical.
En los datos:
-Muy importante reseñar además el ciclo escolar que se ha cursado.
-Cada concursante podrá presentar un máximo de dos obras, acompañada cada una con el lema correspondiente.
4.2.2.- Los originales se podrán realizar por cualquier procedimiento o técnica que permita su reproducción tipográfica. No se tendrán en cuenta aquellos trabajos que estén incompletos o necesiten modificaciones o arreglos para poder ser reproducidos. En los originales deberá resaltar de forma bien visible por la colocación y tamaño de las letras, el escudo de la ciudad y la inscripción:
ALCAÑIZ FERIAS Y FIESTAS 2018
DEL 7 AL 12 DE SEPTIEMBRE.
Escudo para reproducir en el trabajo:

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4.2.3.- Los trabajos se presentarán sin firma y llevarán un lema que también constará en el exterior de un sobre cerrado, en cuyo interior deberá figurar exclusivamente el nombre, dirección, correo electrónico y teléfono del autor, que necesariamente será persona física, comprometiéndose el artista premiado a firmar la obra una vez efectuado el fallo del jurado. El autor del cartel ganador, deberá remitir su trabajo en soporte informático incluyendo todos los ficheros necesarios para la correcta impresión del cartel.
4.2.4.- El plazo de recepción de Carteles para el Concurso comenzará al día siguiente de la publicación de las presentes bases en el BOPTERUEL y finalizará a los 15 días naturales contados desde el siguiente al de dicha publicación a las 15 h. Hasta dicha fecha pueden presentarse de lunes a viernes en el registro de entrada del Excmo Ayuntamiento de Alcañiz. Solo se admitirán recepciones en el lugar y horario anteriormente citado. Los aspirantes recibirán un número de registro. Por cada original recibido se entregará al concursante el correspondiente recibo consignando el lema de cada trabajo.
Podrá remitirse por procedimiento administrativo con el aviso previo en fecha y hora del interesado.
4.2.5.-La presentación de la obra al concurso supone para el artista la absoluta conformidad con las decisiones y fallo del jurado, sin derecho a ninguna reclamación.
4.2.6.-Los concursantes se responsabilizarán totalmente de que no existan derechos de terceros en las obras presentadas, así como de toda reclamación por plagio y derechos de imagen.
La participación en el Concurso lleva implícita la aceptación de las presentes bases.
5.- COMPOSICIÓN DEL JURADO.-
El jurado estará compuesto por:
Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alcañiz o en quien delegue, que lo presidirá
Los Miembros de la Comisión Informativa de Festejos y Juventud o en quien deleguen.
Un miembro de las Asociaciones con representación de reina en las Fiestas.
Dos expertos en arte de la ciudad.
Secretario: Trabajador del área de Festejos.
6.- CRITERIOS DE VALORACION.-
6.1- El jurado, una vez terminado el plazo de presentación de obras, seleccionará de entre las obras presentadas las que sean acordes con las bases del concurso, pudiendo desechar todas aquellas que en parte o en todo no las cumplan. Después valorará las diez mejores, otorgándoles una puntuación del 1 al 10. Al que más valore 10 puntos, al segundo 9, al tercero, 8, y así sucesivamente.
6.2- El público podrá votar las obras preseleccionadas siguiendo la normativa específica para este concurso.
La VOTACIÓN POPULAR del cartel de fiestas tendrá lugar, desde el día 2 de Julio, a partir de la 10’00 H. hasta el día 6 de Julio a la 19’00 h en horario de apertura de la oficina de Juventud y Festejos. Toda persona que esté interesada en votar para la elección del CARTEL DE FIESTAS 2018, de Alcañiz, debe cumplir los siguientes requisitos:
1.- La edad mínima para votar la categoría de adultos el cartel de fiestas será los nacidos en 2.002, los de menor edad votarán únicamente a las categorías infantiles.
2.- Deberán presentar el documento de voto y facilitar el número de D.N.I a la persona encargada de registrar las votaciones.
3.- Una vez estudiados los trabajos expuestos, deberá fijarse que todas las obras están numeradas. Debe elegir un máximo tres obras y escribir el número de las tres en sus correspondientes recuadros.
Se puede votar a una, dos o tres obras, escribiendo el número de la obra en el recuadro correspondiente.
No puede votarse dos o tres veces a la misma obra.
Si ninguna obra merece su valoración, puede votar en blanco. Simplemente depositar este documento en la urna con las casillas en blanco.
6.3.- El jurado, terminado el periodo de votación popular realizará el recuento de los votos, otorgándole 10 puntos a los carteles que más votos hayan obtenido (si hubiera varios), 9 a los segundos (si hubiera varios), y así sucesivamente hasta el décimo que obtendrá 1 punto. Seguidamente se sumarán los puntos otorgados por el Jurado y la puntuación correspondiente a la votación popular.
En caso de empate en las distintas modalidades, el jurado dirimirá los trabajos ganadores.
6.4.-.- El fallo del jurado será inapelable. El Concurso podrá quedar desierto si a juicio del jurado, en el proceso de valoración de las obras presentadas, ningún trabajo mereciese ser premiado. El jurado tendrá la potestad de resolver cualquier eventualidad que no haya sido fijada previamente en estas bases, resolviéndose a su arbitrio cualquier duda que pudiera surgir. El fallo del jurado se hará público a través de los medios de comunicación locales.

7.- PUBLICIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
7.1.- Los trabajos presentados serán expuestos al público durante 5 días, en las instalaciones de la Biblioteca del día 16 al 20 de Julio.
7.2.- Los trabajos premiados quedarán en propiedad exclusiva del Excmo. Ayuntamiento de Alcañiz, pudiendo ser reproducidos para anunciar las fiestas y hacer de ellos el uso promocional de las mismas que estime conveniente, con mención de su autor.
7.3.- Los restantes originales podrán ser retirados por sus autores o persona debidamente autorizada para ello, en el plazo de hasta VEINTE días naturales una vez clausurada su exposición pública. Pasado dicho plazo y no habiéndose retirado, se entenderá que los autores renuncian a las mismas, quedando en propiedad municipal.
7.4.- Los concursantes se responsabilizarán totalmente de que no existan derechos de terceros en las obras presentadas, así como de toda reclamación por plagio y derechos de imagen.
8.-. ORDENACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. ORGANO COMPETENTE PARA LA RESOLUCIÓN
El departamento competente para la tramitación del procedimiento de concesión del premio del cartel anunciador de las fiestas patronales de Alcañiz 2018 será el área de Festejos.
A la vista de la decisión del Jurado, la concejalía de festejos, propondrá al Alcalde del Ayuntamiento de Alcañiz, el otorgamiento de los premios, que los deberá resolver en un plazo no superior a los 15 días desde que se eleve el acta definitiva de valoración del concurso.
La resolución se le notificará en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La resolución conllevará la autorización y disposición del pago de la cantidad correspondiente.
El órgano responsable de la resolución del procedimiento para el otorgamiento de la subvención correspondiente al premio del concurso será el Alcalde, previa fiscalización por la Intervención.
9.- RECURSOS CONTRA LA RESOLUCION
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contre el acuerdo que resuelva la concesión de los premios que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el Alcalde-Presidente o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
10.- FORMA DE PAGO
Antes de proceder al pago se practicará la retención que legalmente corresponda.
El ganador del premio aportará en el plazo de diez días desde la notificación de la Resolución certificado o documento bancario donde figure la identificación del titular y número de cuenta, declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos en presentes bases y del arT.13.2 de la Ley 38/2003 de 18 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo A).
El pago se realizará dentro de los 60 días de la resolución del otorgamiento del premio, mediante transferencia bancaria a la cuenta que señale el interesado y previo cumplimiento por el mismo de los requisitos legalmente exigidos para ser beneficiario de subvenciones.
11.- IMPUGNACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases y el acuerdo por el que se aprueban, que pone fin a la vía administrativa puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el Alcalde o bien directamente recurso contencioso-administrativo.
Participar en el presente Concurso supone la aceptación de todas y cada una de las bases.
De acuerdo con la LO 15/1999, de Protección de Datos Personales, informamos a todos los participantes que sus datos personales serán almacenados en el fichero de Cultura titularidad del Ayuntamiento de Alcañiz con la única finalidad de gestionar este concurso. Por otro lado les informamos en caso de resultar finalistas o premiados sus datos personales, podrán ser publicados en la web municipal, revistas o folletos municipales. En caso de no estar conforme, rogamos los indiquen expresamente. Sin perjuicio de todo ello, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en cualquier momento dirigiéndose al Ayuntamiento de Alcañiz, Plaza de España,1. 44600 Alcañiz (Teruel)
Alcañiz, a 6 de Junio de 2018.
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