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Anuncio # 2025-1398

Convocatoria de subvenciones asociaciones deportivas por concurrencia competitiva Alcañiz; BDNS(Identif.): 829568.

Publicado el  5/6/25, BOP número  82

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcañiz

Departamento:
Ayto. de Alcañiz

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829568).
BDNS(829568.)
EXTRACTO Convocatoria Concesión de Subvenciones a Asociaciones y Entidades Deportivas de la Ciudad de Alcañiz para el año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Primero. Objeto.
La presente tiene por objeto efectuar la convocatoria de las subvenciones en materia de Deportes en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 17 de febrero de 2015, modificado el 19 de enero de 2021.
En lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la citada Ordenanza General y la legislación vigente, especialmente la Ley 38/2003 General de subvenciones (LGS) y la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que, reuniendo los requisitos generales establecidos en la Ordenanza, estén inscritos en el registro general de asociaciones. El servicio gestor podrá anular o disminuir la subvención a las entidades que no cumplan lo establecido por la ordenanza general de subvenciones en cuanto a su obligación de disponer de los libros y demás documentos en los términos de la legislación sectorial aplicable.

Tercero. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige por la ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 17 de febrero de 2015, modificado el 19 de enero de 2021 y el Plan Estratégico de Subvenciones 2024, DEC 655/2024 de 27/2/2024.

Cuarto. Cuantía.
La cantidad global prevista para esta convocatoria asciende a 32.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 341.48905 del presupuesto general municipal.
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 100 % del presupuesto del proyecto presentado, ni la cuantía de 4.500 € concedidos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz. (https://sede.alcaniz.es)
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Teruel, previa remisión a la BDNS.

Alcañiz, a 30 de abril de 2025. El Alcalde-Presidente, D. Miguel Ángel Estevan Serrano. A fecha de firma electrónica.
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