BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0495

Convocatoria subvenciones entidades sin ánimo de lucro, actividades culturales, BDNS (Identif.): 814470.

Publicado el  2/26/25, BOP número  39

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Comunidad de Teruel

Departamento:
Comarca Comunidad de Teruel

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Extracto del Decreto de Presidencia nº 131/2025 de 11 de febrero de 2025, por el que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la Comarca de la Comunidad de Teruel para actividades de promoción y fomento de la cultura y del patrimonio cultural, que se realicen durante el ejercicio de 2025; BDNS (identif.): 814470.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/814470)

Primero. - Beneficiarios.
Las entidades privadas sin ánimo de lucro (Asociaciones, Fundaciones…) de la Comarca Comunidad de Teruel que desarrollen actividades con el destino y condiciones señalados en la convocatoria.

Segundo. - Objeto y finalidad.
Es finalidad de las presente convocatoria incentivar la realización de proyectos en materia de cultura que, como condición indispensable, se desarrollen en alguno o algunos de los municipios de la Comarca Comunidad de Teruel, impulsando los proyectos de contenido cultural que se desarrollan por el tejido asociativo de la Comarca Comunidad de Teruel, siendo los proyectos subvencionables los establecidos en alguna de las categorías que se describen a continuación:
1.- Actividades de formación y cursos en materias artísticas:
- Artes plásticas (Pintura, dibujo, cerámica, grabado…)
- Folklore (Jota…)
- Manualidades (Restauración…)
- Formación musical
2.- Actividades de difusión cultura:
- Proyecciones cinematográficas, exposiciones…
- Festivales, conciertos y certámenes en materia cultural.
- Actuaciones de música, teatro, folklore, danza y similares.
- Conferencias de temática marcadamente cultural o que fomente la recuperación del patrimonio cultural y etnográfico de la Comarca Comunidad de Teruel.
- Semanas culturales, concursos artísticos, animación a la lectura, certámenes…
- Proyectos relacionados con la difusión, conservación y recuperación del patrimonio cultural y etnográfico de la Comarca Comunidad de Teruel como revistas o libros de carácter cultural y talleres etnográficos tales como los destinados al estudio de oficios tradicionales, leyendas, tradiciones, recopilación de fotografía antigua…
- Talleres de bailes y danzas populares.
- Otros programas similares que dinamicen la cultura en general y se desarrollen en los municipios de la Comarca Comunidad de Teruel.

Cada entidad podrá presentar un máximo de 2 proyectos diferenciados.

Se consideran gastos subvencionable aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria, quedando expresamente excluidas las siguientes partidas de gastos:
Los gastos de mantenimiento de la propia entidad no lucrativa (alquiler del local, gastos de luz, teléfono, suministros….)
Viajes y gastos de transporte o locomoción.
En el caso de conferencias, no serán subvencionables los gastos por desplazamientos y dietas, siendo únicamente subvencionables los honorarios por prestación de servicios.
Gastos de actuaciones protocolarias (comidas, cenas, aperitivos, regalos a los miembros de la entidad….)
Cursos /concursos gastronómicos y catas.
Cursos/charlas de carácter educativo incluidos en el currículo de formación reglada tales como formación en idiomas, informática, sanitaria y similares.
Actividades de animación infantil donde no exista una relación con las artes escénicas/plásticas recogidas en el punto anterior tales como hinchables, pintacaras, juegos infantiles de animación…y similares.
La compra de uniformes, trajes, etc
Disco móviles, verbenas y similares
Que la actividad presentada forme parte de un proyecto ya subvencionado desde cualquier área de la Comarca de Teruel.
En el caso de que la actividad subvencionada no se realice finalmente, no se subvencionarán posibles gastos preparatorios de la misma.
Cualquier tipo de equipamiento para la asociación.
En general, todo aquel gasto en el que no exista una relación clara y directa con la organización de una actividad de fomento de la actividad cultural/artística.
Serán subvencionarles las actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2025.
Excepcionalmente, serán subvencionados los proyectos a desarrollar del 1 de noviembre de 2025 al 15 de diciembre de 2025 cuando quede acreditada de forma justificada en el proyecto de la solicitud que necesariamente debe realizarse en ese periodo y así se autorice expresamente en el acuerdo de concesión de la subvención.
La falta de autorización expresa para la realización del 1 de noviembre de 2025 al 15 de diciembre de 2025, establecerá que la actividad se deba realizar y justificar desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2025.

Tercero. - Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron por el Pleno del Consejo Comarca de fecha 27 de septiembre de 2022 y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 228 de fecha 29 de noviembre de 2022.

Cuarto. - Importe.
La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 15.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 2025-03-3340-48000 de la Comarca Comunidad de Teruel.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. La convocatoria íntegra será publicada en la web de la Comarca Comunidad de Teruel (http://www.comarcateruel.es/).
Los impresos de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página web de la Comarca Comunidad de Teruel:
https://acortar.link/tKKOQP
La secuencia para su obtención es la siguiente: www.comarcateruel.es / sede electrónica/ portal de transparencia/ Ayudas y subvenciones/2025/

Teruel.- El Presidente de la Comarca Comunidad de Teruel, D. José Herrero Palomar. A fecha de firma electrónica.
Subir