Convocatoria publica de subvenciones para el desarrollo de programas de Bienestar Social durante el periodo de 1 de diciembre de 2017 a 31 de agosto de 2018: Subvenciones para la realización de diversos programas y servicios de Acción Social
BDNS(Identif.):391868
Visto el acuerdo adoptado por el Pleno Provincial del día 28 de marzo de 2018 en el que se aprueban las "Bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de programas de Bienestar Social durante el período de 1 de diciembre de 2017 a 31 de agosto de 2018". Visto el artículo 9.3 y 17.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. La Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 34.1n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, HA RESUELTO:
1º.- Efectuar la "convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de programas de Bienestar Social durante el período de 1 de diciembre de 2017 a 31 de agosto de 2018".
2º.- Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, al objeto de que los interesados en el mencionado Plan puedan presentar sus solicitudes.
3º.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS Y SERVICIOS DE ACCIÓN SOCIAL.
1.- Objeto.-
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones para la prestación de servicios de acción social relacionados con atención a discapacitados físicos y psíquicos y sus familiares, enfermos crónicos y sus familiares, adicciones, inserción social o laboral de personas excluidas o en riesgo de exclusión social.
El período que comprende la presente convocatoria abarca desde el 1 de diciembre de 2017 hasta el 31 de agosto de 2018.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria las Asociaciones o Entidades de Acción Social que realicen actividades, programas, campañas, etc., en la provincia de Teruel, dirigidas a, la formación, la acogida, la inserción social o la inserción laboral de personas excluidas o en riesgo de exclusión, sin perseguir fines de lucro, ni depender económica o institucionalmente de entidades con ánimo de lucro.
El número máximo de programas o proyectos subvencionables por entidad será de hasta dos.
Las entidades que formalicen convenio específico con la Diputación Provincial de Teruel (y las que estén integradas en ellas), no podrán participar en la presente convocatoria.
Cuantía de la subvención.-
La justificación deberá hacerse por el total del presupuesto objeto de subvención, no únicamente por la cantidad específica subvencionada.
En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión de la subvención, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia. El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a un máximo de 155.000 euros, que se aplicarán a la partida 2310-48007 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2018, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en dicha partida.
Plazo de justificación.- Finalizará el 1 de octubre de 2018. (Bases reguladoras: BOP nº 63 de 2/4/18)
Teruel, 5 de abril de 2018.- EL PRESIDENTE, Ramón Millán Piquer.- EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL., Miguel Angel Abad Melendez.