BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1740

Expte. Modificación Créditos 11/2025 del Presupuesto de Diputación Provincial de Teruel 2025, mediante Créditos extraordinarios y Suplementos de Créditos financiados con Remanente de Tesorería para Gastos Generales y con nuevos ingresos no previstos.

Publicado el  5/29/25, BOP número  99

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Boletin PDF Imprimir Anuncio
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 169 del R.D. Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38.2 y concordantes del R.D. 500/90 de 20 de Abril, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de esta Entidad Local (https://dpteruel.sedeelectronica.es) se halla expuesto al público el expediente de modificación de créditos 11/2025 del Presupuesto de la Diputación Provincial de Teruel 2025, mediante Créditos extraordinarios y Suplementos de Créditos financiados con Remanente de Tesorería para Gastos Generales y con nuevos ingresos no previstos en el Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Teruel por importe de 1.100.187,34 euros, así como una modificación del estado de ingresos por importe de 2.114,950 euros. El expediente fue aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2025.

Lo que se somete a información pública a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y, en su caso puedan formularse las reclamaciones procedentes por los afectados legitimados a que se refiere el art. 170 del R.D. Legislativo 2/2004.
A).PLAZO DE EXPOSICION Y ADMISION DE RECLAMACIONES: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de éste anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
B).OFICINA DE PRESENTACION: Registro General.
C).ORGANO ANTE EL QUE SE RECLAMA: Pleno de la Corporación Provincial.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 169 y 171.1, en relación con el 177 del R.D. Legislativo 2/2004, si transcurrido el plazo de exposición no se presentan reclamaciones la aprobación inicial tendrá carácter definitivo y contra la misma podrá formularse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Teruel.- El Presidente, D. Joaquín Juste Sanz; en sust. del Secretario Gral Acctal., D. Francisco Gascón Herrero.
Subir