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CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS INDIVIDUALES DIRIGIDAS A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, DISCAPACIDAD Y MAYORES DE 65 AÑOS RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE TORREVELILLA AÑO 2023

Publicado el  12/14/23, BOP número  237

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Torrevelilla

Departamento:
Ayto. de Torrevelilla

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Por sesión plenaria ordinaria del Ayuntamiento de Torrevelilla, de fecha 4 de diciembre de 2023, se han aprobado las bases de la convocatoria de subvenciones en materia de dependencia 2023, en materia de actividades culturales para asociaciones en el término municipal de Torrevelilla año 2023 , y fomento de actividades económicas, empresariales, agrícola y ganadera, año 2023, cuyos textos dicen así.
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS INDIVIDUALES DIRIGIDAS A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, DISCAPACIDAD Y MAYORES DE 65 AÑOS RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE TORREVELILLA AÑO 2023.
1º.- Se aprueba la convocatoria de ayudas individuales dirigidas a personas en situación de dependencia, discapacidad y mayores de 65 años para el año 2023, con sujeción a las Bases incluidas en este Convocatoria.
2º.- Las ayudas se financiarán con cargo al presupuesto general de Torrevelilla para el año 2023.
3º.- BASES:
1º.- Objeto.- Se convocan ayudas individuales dirigidas a personas en situación de dependencia, discapacidad y mayores de 65 años para el año 2023, destinadas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración social y a mejorar su bienestar, comunicación y participación en la vida de su entorno.
2º.- Destinatarios de las ayudas. Personas en situación de dependencia, discapacidad y mayores de 65 años residentes en Torrevelilla.
3º.- Requisitos de los solicitantes.
Las personas que soliciten las ayudas objeto de la presente convocatoria debe reunir los siguientes requisitos:
Tener 65 años a la fecha de presentación de solicitud o tener reconocido un grado de discapacidad o dependencia con anterioridad a la fecha de la presentación de las solicitudes que fija la presente convocatoria.
Estar empadronados en el Municipio de Torrevelilla al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de solicitudes. Cuando el beneficiario sea menor o incapacitado legalmente, la persona que actúa en su nombre, en el ejercicio de la patria potestad o tutela deberá tener igualmente residencia efectiva en el municipio de Torrevelilla, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de solicitudes.
No hallarse incurso en las causas de prohibición del art 13.2 de la ley 38/2003 General de subvenciones.
Cumplir con las condiciones específicas de acceso exigidas para cada tipo de ayuda que se establecen en esta orden. Quedan excluidas de esta convocatoria las personas que ocupan plaza en centro de atención residencial con carácter permanente.
4º.- Tipología de las ayudas.
ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vivienda habitual, siempre que corresponda al domicilio de empadronamiento del solicitante.
-Adaptación de baño o construcción de baño adaptado para personas con limitaciones graves de movilidad y con la capacidad suficiente que les permita usar el baño adaptado ( 1 por vivienda): Hasta 1.800 €
-Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 €
-Colocación de pasamanos o barandilla: Hasta 300 €
-Ensanche y cambio de puerta: Hasta 600 €
- Adaptación de cocina y mobiliario adaptado para personas con movilidad reducida, pero con capacidad suficiente para hacer uso de la adaptación solicitada: Hasta 1.500 €
-Ascensor o plataforma salva-escaleras para vivienda habitual: Hasta 2.500 €.
Ayudas técnicas:
Grúa con arnés: Hasta 700 €
-Somier articulado: Hasta 350 €
Colchón de aire anti-escaras: Hasta 200 €
Ayudas para el desenvolvimiento personal y potenciación de las relaciones con el entorno.
Adquisición de un par de gafas o lentillas no desechables: Hasta 350 €
Audífonos: Hasta 1.000 € por unidad
Pañales: Hasta 500 €
La persona con discapacidad sensorial, solicitante de ayudas para adquisición de gafas y/o audífonos deberá acreditar que el grado de deficiencia auditiva y/o visual, sea como mínimo el 25%.
5º.- Cuantía de las ayudas.
La ayuda a conceder no podrá superar el 100% de la ayuda solicitada. En el caso que el solicitante haya solicitado o recibido otras ayudas de cualquier Administración Pública o Ente privado deberá manifestarlo en la solicitud correspondiente. La suma de todas las ayudas, en su caso, no podrá superar el 90% del gasto.
Las ayudas financiarán los gastos producidos y justificados durante el año 2023.
6º.- Solicitudes y documentación.
Solicitud dirigida al Ayuntamiento de Torrevelilla según modelo que figura en el anexo de la presente orden, cumplimentada en todos sus apartados y firmada por el solicitante o su representante.
Fotocopia DNI o tarjeta de residencia del solicitante y del representante legal.
Presupuesto o factura que justifique el coste de la ayuda solicitada-
Presentación de número de cuenta bancario.
Tener la licencia de obras o declaración responsable.
Certificado de estar al corriente con la seguridad social, Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Torrevelilla.
Certificado de empadronamiento histórico del Ayuntamiento de Torrevelilla.
En su caso, el solicitante presentará el grado de discapacidad o dependencia certificado por el INSS. En caso de mayores de 65 años deberá acreditar la necesidad de la ayuda mediante certificado médico.
Fotocopia de la declaración de IRPF de los miembros de la unidad familiar en la que está integrado el beneficiario.
Comunicar al Ayuntamiento de Torrevelilla, la obtención de ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración Pública o Ente Público o Privado.
Para las solicitudes de ayudas de eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vivienda, el domicilio del solicitante que figura en la solicitud deberá coincidir con el que conste en el certificado de empadronamiento.
7º.- Presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP, en el Ayuntamiento de Torrevelilla.
8º.- Procedimiento.
El procedimiento de concesión de tramitará en régimen de concurrencia competitiva, conforme los principio de publicidad, objetividad, transparencia igualdad y no discriminación.
La concesión de las ayudas se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas, de acuerdo con los criterios de valoración, determinados en el anexo 1. La solicitudes que cumplan los requisitos tras la evaluación serán atendidas hasta agotar la partida presupuestaria del Ayuntamiento para este concepto, según orden de fecha de registro de entrada en el Ayuntamiento y las que quedasen pendientes por agotarse la partida presupuestaria pasarían al siguiente ejercicio.
El examen y valoración de las solicitudes se hará por una comisión formada por la Secretaria Municipal, la auxiliar administrativo municipal y la trabajadora social de la Comarca. Dicha comisión podrá reunirse las veces que sean necesarias y podrá contar con asesoramiento técnico, al objeto de valorar las ayudas que se van a conceder.
La citada comisión elevará la propuesta al Pleno del Ayuntamiento de Torrevelilla y se aprobará definitivamente en el primer pleno celebrado después de la valoración de la comisión. Esta aprobación consistirá en establecer las puntuaciones y cuantía de las ayudas obtenidas por lo/s solicitante/s.
9º.- Resolución y notificación.
La competencia para la resolución del procedimiento corresponde al Ayuntamiento Pleno. La resolución será motivada, debiendo contener identificación del beneficiario, condiciones y finalidad de la subvención, plazo de ejecución y justificación de la subvención.
La resolución se notificará a los interesados de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 39/2015 de1 de octubre de Procedimiento de Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la resolución adoptada por el pleno del Ayuntamiento, que agota la vía administrativa puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento pleno en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con el artículo 117 de la ley 30/92 o acudir al recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses contados al día siguiente de la notificación, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa-administrativa.
10.- Obligaciones de los beneficiarios.
La personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente orden vendrán obligadas al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
aplicar las cantidades recibidas a los fines para los que la ayuda fue concedida comunicar al Ayuntamiento de Torrevelilla, la obtención de ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración Pública o Ente Público o Privado.
Someterse a las actuaciones de comprobación, inspección y seguimiento de la aplicación de la ayuda concedida.
11º.- Justificación y pago.
El pago del importe concedido se efectuará en firme, cuando se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que le fue otorgada la subvención y se haya justificado la actuación de la actividad subvencionada y el gasto efectivamente pagado antes del 31 de diciembre de 2023.
La justificación implica la presentación por el beneficiario de la documentación siguiente:
Fotocopia compulsada de factura original, debiendo figurar nombre y NIF de la empresa y destinatario, domicilio, fecha de expedición y detalle del concepto subvencionado.
Fotocopia compulsada del justificante de pago.
12.- Plazo y lugar de presentación de los documentos justificativos.
La fecha límite para la presentación de justificantes será el 28 de febrero de 2024. transcurrido el plazo referido sin haber presentado los documentos justificativos requeridos en cada caso, se considerará que ha renunciado a la ayuda concedida. Se deberán presentar en el Ayuntamiento de Torrevelilla.
ANEXO I
BAREMO:
Los baremos que debe aplicar la Comisión de Valoración son los siguientes:
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 1 MIEMBRO
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 2 MIEMBROS
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 3 MIEMBROS
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 4 MIEMBROS
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 5 MIEMBROS
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR DE 6 O MAS MIEMBROS
%


proHASTA ANUAL
HASTA ANUAL
HASTA ANUAL
HASTA ANUAL
HASTA ANUAL
HASTA ANUAL



8.946
14.910
18.638
22.365
26.093
29.821
50


10.437
16.401
20.502
24.602
28.702
32.803
40


11.928
17.892
22.365
26.839
31.312
35.785
35


13.419
19.383
24.229
29.075
33.921
38.767
30


14.910
20.874
26.093
31.312
36.530
41.749
25


16.401
22.365
27.957
33.548
39.139
44.731
15


>16.401
>22.365
>27.957
>33.548
>39.139
>44.731
5


ANEXO II
CALCULO IMPORTE AYUDA:
Paso 1: Cálculo del importe previo
Importe de la factura multiplicado por % baremo (Anexo I) = Importe previo
Paso 2: Cálculo del importe definitivo de la ayuda
Si:
Importe previo es menor o igual que el importe máximo por tipología de ayudas (Bases apartado 4º)
Entonces,
Importe ayuda = Importe previo
Si:
Importe previo es mayor que el importe máximo por tipología de ayudas (Bases apartado 4º)
Entonces,
Importe ayuda = Importe máximo por tipología de ayudas
MODELO SOLICITUD
I. Ayudas que solicita
Descripción de la ayuda
Cuantía










II. Datos del beneficiario
Nombre y apellidos:
NIF/NIE:
Estado Civil:
□ Hombre
□ Mujer
Localidad de nacimiento:
Provincia de nacimiento:
Fecha nacimiento:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
C.P:
Teléfono:
Correo electrónico:
III. Datos del Representante legal en caso de que el interesado esté incapacitado legalmente, guardador de hecho, o quien ejerza la patria potestad en el caso de menores
Nombre y apellidos:
NIF/NIE:
Relación con el solicitante:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
C.P:
Teléfono:
Correo electrónico:
IV. Domicilio a efectos de notificaciones
Nombre y apellidos:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
C.P:
Teléfono:
Correo electrónico:
V. Otras ayudas solicitadas o percibidas
¿Ha percibido, percibe o ha solicitado ayudas para la misma finalidad? □ SI □ NO
Si la anterior respuesta es afirmativa, indique otras ayudas solicitadas o percibidas:
Concepto
Cuantía anual bruta
Empresa, organismo, persona






VI. Declaración
Declaro bajo mi responsabilidad que los datos consignados en esta solicitud y los documentos que se acompañan son ciertos, y autorizo al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Dirección General de Tributos de la Diputación General de Aragón, a efectos de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que como Solicitante/Representante no me encuentro incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
VII. Protección de datos
En aplicación de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, quedo informado de que los datos personales recabados serán incorporados al fichero de GESTION DE AYUDAS DE CARÁCTER INDIVIDUAL, regulado por Decreto 147/2014, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, y cuya finalidad es al gestión de dichas prestaciones.
El responsable de este fichero es la Secretaría General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, ante quien podrá ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
En ……………………………………….. a ……. de ……………………….. de 20…..
Firma
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DEL TORREVELILLA
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:
□ Fotocopia compulsada del DNI/NIE o tarjeta de residencia del solicitante y del representante legal debidamente acreditado, en su caso. En el supuesto de menores de 14 años sin DNI deberán aportar certificación literal de nacimiento.
□ Certificado de empadronamiento familiar (Incluyendo al beneficiario) en el que conste el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.
□ Certificado del organismo público competente que acredite el grado de discapacidad o grado de dependencia del solicitante de la ayuda, cuando haya sido emitido por otra CC.AA distinta a la Comunidad Autónoma de Aragón.
□ Fotocopia de la declaración de la renta de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad, o en el caso de no estar obligado a ello, documentación acreditativa de ingresos del solicitantes, cónyuge y familiares comprendidos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que convivan en el mismo domicilio del solicitante, mediante nominas de los tres últimos meses, certificado de haberes de la empresa por igual periodo, prestaciones económicas por situación de dependencia, pensiones otorgadas por organismo públicos o entidades privadas, estimación de los rendimiento de capital, actividades empresariales, profesionales o artísticas, etc.
□ Presupuesto o factura que justifique el conste de la actividad a realizar.
Torrevelilla a 2 de noviembre de 2023
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrevelilla
Fdo. Carlos Martin Silvestre.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACTIVIDADES CULTURALES PARA ASOCIACIONES DEL MUNICIPIO DE TORREVELILLA , AÑO 2023
1. Bases Reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General reguladora de subvenciones, aprobada en fecha 8 de junio de 2010.
2. Cuantía total de la subvención.
Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 4.000 € siendo el porcentaje de concesión el 10% del presupuesto solicitado.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Subvención
La subvención tiene por finalidad fomentar la realización de actividades de tiempo libre para la infancia y la juventud, los cursos de formación de monitores y animados, las actividades de verano, los programas de información a la juventud en relación con las drogas, favorecer las actividades musicales, la programación de conciertos, los espectáculos de música clásica, formación de corales, escolanías y bandas musicales, incrementar las actividades encaminadas a la promoción de la mujer y a su incorporación en el mundo laboral, tratando de conseguir la igualdad en todos los aspectos de su vida.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
Cursos, talleres, actividades deportivas, viajes, conciertos, espectáculos, teatro, semanas culturales
No serán objeto de subvención:
Trofeos, premios, multas, impuestos, tasas, precios públicos.
El importe de la subvención no podrá superar el 10% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 1.000 euros.
4. Requisitos de los Solicitante
— Ser Entidades o Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede en Torrevelilla, y que desarrollen sus actividades principalmente en el Municipio.
— Ser personas físicas, en representación particular de un grupo por iniciativa de carácter esporádico, sin finalidad de lucro y con residencia en el Municipio.
5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución
El órgano competente para la instrucción y para la resolución de la concesión de la subvención es el Pleno del Ayuntamiento de Torrevelilla.
6. Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevelilla o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación. Si el último día de presentación fuera sábado, domingo, o festivo o no hubiera servicios de secretaría, se ampliará plazo al día hábil siguiente. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del DNI, etc.).
—Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
— Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la subvención.
Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación.
Certificado expedido por el Secretario de la Asociación, acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno por el cual se decide.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que
fueron presentado o emitidos, salvo el del presupuesto del año correspondiente.
7. Criterios para la adjudicación.
Para la adjudicación de subvenciones se tendrá en cuenta:
La naturaleza y calidad de la actividad o actividades programadas (hasta 4 puntos).
La incidencia social de la programación (hasta 3 puntos).
La periodicidad o regularidad en la realización de actividades (hasta 2 puntos).
El historial de la Asociación valorando su permanencia y no la mera ocasionalidad (hasta 1 punto).
5. La relación con aspectos, culturales, patrimoniales o históricos de Torrevelilla.( hasta 3 puntos).
6. La mayor aportación económica por parte de la entidad beneficiaria o mayor
financiación de otras administraciones gestionadas por la beneficiaria. (Hasta 3 puntos).
Por otra parte serán tenidas en cuenta las siguientes consideraciones.
No se admitirán en la convocatoria las solicitudes para actividades festivas
8. Plazo de Resolución y Notificación
El plazo de resolución y notificación será antes del 28 de febrero de 2024.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
9. Fin de la Vía Administrativa
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que dispone la ley 39/2015 de 1 de octubre, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel.
10. Plazo de justificación de las subvenciones.
Para percibir la subvención será necesario presentar al Ayuntamiento de Torrevelilla, la siguiente documentación:
- Aceptación de la subvención en modelo normalizado.
Instancia suscrita por el beneficiario dirigida al Alcalde, solicitando el pago de la subvención, indicando el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia.

— Memoria de la actividad realizada.

— Facturas originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas del gasto.
Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La documentación justificativa deberá presentarse antes del 15 de febrero de 2024, salvo que en la convocatoria se establezca otro específico.
11. Obligaciones de los beneficiarios.
Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, en los términos exigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al beneficiario en cada caso.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.
Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida.
Torrevelilla a 2 de noviembre de 2023.
El Alcalde-Presidente de Torrevelilla
Fdo. Carlos Martin Silvestre.
MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
1. DATOS PERSONALES
Nombre y Apellidos
DNI/CIF

Domicilio
Localidad
Provincia

CP

Teléfono
Móvil

Fax

Correo electrónico:
Observaciones:
2. DATOS RELEVANTES
Asociación
Domicilio
Localidad
Provincia

CP

OBSERVACIONES
3. DATOS DE LA SUBVENCIÓN


CONVOCATORIA
BOP N.º Y FECHA
IMPORTE SOLICITADO: EUROS
FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:
Por todo lo cual declaro que reúno todos los requisitos solicitados en las bases y en la convocatoria de la subvención ___________, y solicito que la misma me sea concedida por el Ayuntamiento de Torrevelilla.
En _________, a _____ de ___________ de 20__.
Firma del interesado,
ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCION
D. ……………………………………….en nombre propio o en representación de ……………………………………., con Domicilio en ………………………… de ………………………………., teléfono……………….., correo electrónico………………..
Expone:
Que habiendo recibido notificación de la resolución de alcaldía, por la que se me concede una subvención para actividades culturales de asociaciones
ACEPTA
La subvención concedida con destino a actividades culturales de asociaciones por importe de……….
Torrevelilla a ………… de…………..de …..
Fdo.
CONVOCATORIA PUBLICA DE SUBVENCIÓN
SUBVENCIONES AL FOMENTO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS DE CARÁCTER EMPRESARIAL, AGRICOLA Y GANADERO AÑO 2023
Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones que a continuación se expresan y cuyo contenido es el siguiente:
BASE 1.- BASES REGULADORAS Y DIARIO OFICIAL EN QUE ESTÁN PUBLICADAS
Aprobadas por acuerdo del Pleno Municipal
BASE 2 .-CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS A LOS QUE SE IMPUTA LA SUBVENCIÓN Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS
El crédito presupuestario máximo asignado a la presente convocatoria es de 4.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del presupuesto municipal del ejercicio 2023.
BASE 3.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Se convocan para el año 2023 subvenciones dirigidas al fomento en actividades económicas de carácter empresarial, agrícola y ganadero.
BASE 4 .-PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
Régimen de concurrencia competitiva.
BASE 5.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS.
1.- Podrán solicitar subvenciones de acuerdo con las presentes bases, las personas físicas y jurídicas que sean titulares de un explotación agrícola, ganadera y empresarial, que tenga bienes inmuebles afectos a la explotación dados de alta en el padrón de IBI de rústica en el T.M. de Torrevelilla, cuyas personas físicas o personas jurídicas, estén empadronados en el Municipio y que encuentren en situación que fundamenta la concesión de la subvención o aunque el propietario/s no estén empadronado, tenga al menos un 50% de trabajadores en plantilla que sí que estén empadronados.
2.No será objeto de subvención:
-Aquellas actividades que según criterios fundamentados no se adecuen a la finalidad de la convocatoria.
-Multas y sanciones.
-Actividades ya subvencionadas por otra Administración Pública o Entidad Privada que conjunta o separadamente superen el 100% de la inversión.
BASE 6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
El Pleno del Ayuntamiento de Torrevelilla, que podrá recabar el asesoramiento e informes que considere oportunos y realizar de oficio cuantas actuaciones de comprobación considere oportunas a efectos de llevar a cabo la evaluación de las solicitudes presentadas.
BASE 7 .- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes será en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
BASE 8 .-PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Las solicitudes se resolverán por el Alcalde del Ayuntamiento de Torrevelilla en antes del 28 de febrero de 2024. Las solicitudes presentadas en tiempo y forma y no resueltas expresamente dentro de dicho plazo, se entenderán desestimadas.
BASE 9 .- DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA PETICIÓN.
1.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Torrevelilla, conforme al modelo unido como ANEXO I a estas bases y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en su sede electrónica o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación.
2.- A las solicitudes se acompañará documentación es la siguiente:
En caso de persona física:
-Copia compulsada del D.N.I. en caso de persona física, certificado de empadronamiento.
En caso de persona jurídica:
Copia de sus Estatutos en caso de persona jurídica, copia compulsada del código de identificación fiscal y en su caso cartilla ganadera.
En ambos casos:
-Solicitud o certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social, Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria.
-Certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento de Torrevelilla.
-Acreditación del número de cuenta bancaria (únicamente en los supuestos de primera solicitud o modificación de datos bancarios).
-Importe por el que solicita la subvención.
BASE 10.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN
La Comisión de Hacienda, emitirá propuesta de resolución provisional en el mes de febrero a la Alcaldía que será notificada a los solicitantes, a través de e-mail, concediendo un plazo de 10 días naturales para :
Aceptar la subvención en los términos propuestos, estando obligados en este caso a justificar el coste total de la inversión..
Transcurrido dicho plazo sin haber manifestado la aceptación se entenderá que renuncia a la subvención.
BASE 11 .- MEDIO DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN .
En el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, con indicación de los beneficiarios, conceptos y cuantías concedidas.
Las notificaciones y los requerimientos individuales, serán publicados exclusivamente en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
BASE 12- EN SU CASO, PORCENTAJE QUE COMO MÁXIMO PUEDE CUBRIR LA SUBVENCIÓN DEL COSTE DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. Y COMPATIBILIDAD , EN SU CASO, CON OTRAS AYUDAS.
1.- La concesión de subvenciones no superará el 50% del presupuesto total de la inversión. El beneficiario de la subvención financiará el 50% restante con recursos ajenos a la subvención concedida por este Ayuntamiento.
2- La concesión de estas subvenciones será compatible con otras concedidas para el mismo fin siempre que la cuantía total de las ayudas concedidas no supere la totalidad del coste de la inversión que se subvenciona.
BASE 13.- FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
1.- El plazo máximo de justificación será de 28 de febrero de 2024.
2.- La justificación de la subvención concedida de hará presentando el recibo del IBI, al que debe de estar al corriente.
BASE 14.-PAGO:
- Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, serán abonadas siempre que el beneficiario se encuentren en las siguientes situaciones con respecto a las convocatorias de subvenciones anteriores
-Haber justificado debidamente en tiempo y forma las subvenciones concedidas en años anteriores.
No haber finalizado el plazo de justificación atendiendo a las bases de concesión de las subvenciones anteriores.
BASE 15.-CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS POSIBLES INCUMPLIMIENTOS, ASÍ COMO LAS CONSECUENCIAS DE LOS MISMOS
Se estará a lo dispuesto en las Bases Reguladoras y el Reglamento de Subvenciones Municipal y en la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo.
BASE 16.-CONDICIÓN SUSPENSIVA
La eficacia de las resoluciones que recaigan, quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario del Ayuntamiento de Torrevelilla para el año 2023
Torrevelilla a 2 de noviembre 2023.
El Alcalde-Presidente de Torrevelilla.
Fdo. Carlos Martin Silvestre.
ANEXO I
D. ……………………………………….en nombre propio o en representación de ……………………………………., con Domicilio en ………………………… de ……………………………….,teléfono……………correo electrónico……………………….
Expone:
Que habiendo conocido la convocatoria realizada por el Ayuntamiento de Torrevelilla, en fecha……..publicación BOP nº…… de………, y viendo las bases
SOLICITA:
Sea concedida una subvención con destino a ………………………., por importe de ………………………
Se adjunta documentación señalada en la convocatoria.
Torrevelilla a …… de………de …..
Fdo.
ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCION
D. ……………………………………….en nombre propio o en representación de ……………………………………., con Domicilio en ………………………… de ……………………………….teléfono……………correo electrónico……………………….
Expone:
Que habiendo recibido notificación de la resolución del teniente de alcalde, por la que se me concede una subvención para inversiones de actividades económicas: ganaderas,
ACEPTA
La subvención concedida con destino a actividades económicas: ganaderas, por importe de
Torrevelilla a ………… de…………..de …..
Fdo.
Torrevelilla a 5 de diciembre de 2023.- El Alcalde-Presidente de Torrevelilla, Fdo. Carlos Martin Silvestre.
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