BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1867

Subvenciones deportistas destacados; bdns(identif.): 836501.

Publicado el  6/9/25, BOP número  106

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca De Cuencas Mineras

Departamento:
Comarca De Cuencas Mineras

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SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DESTACADOS DE LA COMARCA CUENCAS MINERAS; BDNS(Identif.): 836501.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/836501).
Extracto del Decreto de la Presidencia de la Comarca de Cuencas Mineras de 23 de Mayo del 2.025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para deportistas destacados de la Comarca Cuen­cas Mineras, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

1- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a deportis­tas destacados de la Comarca de Cuencas Mineras, para sufragar los gastos generados como consecuencia de la práctica deportiva.

2- CUANTÍA Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de seis mil euros (6.000€), consignada en la partida 341.4800011 del Presupuesto de la Comarca Cuencas Mineras para eI año 2025.

3- CUANTÍA MÁXIMA DE LA SUBVENCIÓN Y COMPATIBILIDAD
La cuantía va en función de la puntuación obtenida, teniendo como límite el 80 % de los gastos de la actividad; para la percepción íntegra de la subvención concedida deberán justificarse el 100 % de los gastos, disminuyendo proporcionalmente el importe concedido en caso de no justificarse la totalidad.

4- BENEFICIARIOS
Podrán acceder a estas ayudas, los deportistas que practiquen disciplinas deportivas que cuenten con Fede­ración Nacional que las regule, y que reúnan los siguientes requisitos:
-Estar empadronado desde al menos el 1 de enero de 2025 en algún municipio de la Comarca Cuencas Mine­ras.
-Estar en posesión de la correspondiente licencia federativa en vigor en el momento de presentación de la soli­citud.
-Haber participado durante el año 2025 en campeonatos deportivos federados Provinciales, Autonómicos, na­cionales, o internacionales convocados por la Federación correspondiente a su deporte, o haber sido convocado por la selección autonómica y/o nacional. Se incluye asimismo la participación en pruebas puntuables para cual­quiera de estos campeonatos. Se excluye los deportistas que participen en los Juegos Deportivos en Edad Esco­lar.
-En las modalidades deportivas cuyo campeonato se componga de más de una prueba, será obligatorio parti­cipar al menos, en un 50 % de las mismas
-No haber sido sancionado por resolución firme en materia de disciplina deportiva.
-No percibir retribuciones periódicas por la práctica deportiva en virtud de contrato profesional o semiprofesio­nal.
-Promocionar a la Comarca Cuencas Mineras portando en el lugar correspondiente de las prendas deportivas el logotipo de la Comarca Cuencas Mineras, siendo esta visible durante la realización de la prueba como en la entrega de premios.

5- GASTOS SUBVENCIONABLES
- Licencias deportivas
- Cuotas de Clubes
- Certificados federativos
- Adquisición material y equipamiento deportivo
- Atención médico-sanitaria relacionada con la modalidad deportiva
- Inscripción torneos/campeonatos
- Programas tecnificación y/o perfeccionamiento
- Desplazamientos no realizados en vehículo propio
- Alojamiento y manutención torneos/campeonatos .

6- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 5 de septiembre de 2025.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, la documentación para la presente convocatoria se podrá presentar a través del correspondiente registro electrónico en la sede electrónica de la comarca cuencas mineras. Se dispondrá de un enlace para cursar la solicitud electrónica .
También se podrán presentar en forma presencial en cualquiera de los lugares previstos para ello en el artículo 16 de la ley 39/2015 que regula el Procedimiento Administrativo Común.

7- JUSTIFICACIÓN
El plazo de presentación de justificación de las subvenciones será hasta el 30 de noviembre del 2.025 y la documentación a presentar será la que se establece en el apartado 12 de la convocatoria.

Utrillas, a 30 de mayo de 2025.- El Presidente, D. Javier Larraz López. Documento firmado electrónicamente.
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