BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1959

Cobranza IBI

Publicado el  5/30/24, BOP número  103

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Excma. Diputación Provincial de Teruel. Servicio de Gestión Tributaria

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ANUNCIO DE COBRANZA
Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, con efectos de notificación colectiva de conformidad con el art. 102,3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, las listas cobratorias y PADRONES del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES de todos los municipios de la provincia de Teruel, a excepción de los municipios de Alcorisa y Teruel. Dichas listas cobratorias estarán expuestas en los respectivos Ayuntamientos y en los locales de la oficina del Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Teruel durante el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP de Teruel.
De igual modo se comunica que plazo de PLAZO DE INGRESO EN PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO para el IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES de todos los municipios de la provincia de Teruel, a excepción de Alcorisa, será desde el 3 de junio de 2024 al 19 de agosto de 2024, ambos inclusive.
No obstante lo anterior, en los municipios de Alcalá de la Selva, Alcañiz, Andorra, Bronchales, Calamocha, Calanda, Calomarde, Camañas, Castellote, Castelseras, Cretas, Cubla, Ejulve, Estercuel, Foz Calanda, Frias de Albarracín, Fuentes de Rubielos, Griegos, Mas de las Matas, Montalban, Mora de Rubielos, Santa Eulalia, Sarrión, San Martin del Rio, Torrecilla de Alcañiz, Utrillas, Valdealgorfa, Villarquemado, Villastar, Torrevelilla y Teruel que se han acogido a la modalidad de cobro fraccionado para el Impuesto de Bienes Inmuebles, bienes de naturaleza urbana, para aquellos recibos que superen los 50 euros y estén domiciliados, el plazo de ingreso en periodo voluntario finalizará después del segundo cargo en cuenta, que será realizado el día 16 de septiembre del 2024.
FORMAS Y LUGARES DE PAGO:
El pago se podrá efectuar:
a) En Entidades Colaboradoras en la recaudación:
Se podrá realizar el pago los días laborables y en horario de atención al público, previa presentación de impreso carta de pago que se enviarán a los domicilios de cada contribuyente, en cualquier sucursal de las Entidades Colaboradoras en la recaudación que a continuación se relacionan:
•. IBERCAJA BANCO, S.A.
•. CAIXABANK, S.A.
•. CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C.
•. BANCO SANTANDER, S.A.
•. BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.
Los contribuyentes que no reciban los impresos podrán recogerlos en las oficinas del Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Teruel, sitas en:
ALCAÑIZ: Concepción Gimeno Gil Nº 5 Bajo
TERUEL: Avda de Sagunto, núm. 52, bajo.
b) Mediante domiciliación bancaria:
Los contribuyentes que tengan domiciliado el pago de sus recibos, mediante cargo en cuenta.
RECURSOS
Los interesados podrán interponer el recurso de reposición regulado en el art. 14,2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, ante la Presidencia de la Diputación Provincial de Teruel en el plazo de UN MES desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes PADRONES.
Se advierte que, transcurrido el periodo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y costas que en su caso se produzcan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
El presente anuncio tiene los efectos de notificación colectiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 102,3 de la L 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, entendiéndose realizada la notificación el día en que termina la exposición al público del padrón.
En Teruel, a 27 de mayo de 2024. El Ilmo. Sr Presidente de la Diputación Provincial de Teruel. D. Joaquín Pascual Juste Sanz. Documento firmado electrónicamente.
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