El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de mayo de 2025, y en el seno del expediente administrativo n.º 211/2025/TE, entre otros , adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Proceder a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teruel en la forma que a continuación se expondrá, de acuerdo con los criterios establecidos en la parte expositiva de este acuerdo:
1.- MODIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO ADSCRITOS AL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES PARA AÑADIR EL FACTOR DE PENOSIDAD AL COMPLEMENTO ESPECÍFICO.
Tal y como se expone en diversos informes presentados desde el Servicio de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Teruel, en los pasados años, el último de ellos el 4 de abril de 2025 (número de registro de entrada 7031), que incorpora dossier fotográfico e informe favorable de la Jefa de Servicio de 3 de abril de 2025 se propone la asignación del factor de penosidad en el complemento específico, conforme a lo establecido por el Acuerdo Plenario de 7 de enero de 2025, por el que se aprueban las retribuciones de los empleados municipales para el año 2025. El valor del factor es de 889,64 euros anuales para los Operarios, Peones y Ayudante AP nivel 14, y de 853,63 euros anuales para el Oficial Encargado de Grupo C1 Nivel 19, así como para los Oficiales y Subcapataz de Grupo C2 y Nivel 17.
Los puestos de trabajo afectados son los siguientes:
Personal Funcionario
2321 JEFE U.O PARQUES Y JARDINES
2326 OFICIAL
2328 SUBCAPATAZ
2331-2333 AYUDANTES (3)
2341-2343 OPERARIOS (3)
Personal Laboral
4221-4222 OFICIAL (2)
4231-4234 PEONES (4)
La eficacia del presente acuerdo se extenderá a la totalidad de plazas del Servicio de Parques y Jardines que no formen parte de la RPT Municipal, por referirse a nombramientos interinos en planes temporales del artículo 10.1.c del EBEP, nombramientos interinos por exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses, previstos en el artículo 10.1.d del mismo EBEP, o a contrataciones con carácter Laboral Temporal de las previstas en el artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores. Este acuerdo tendrá efectos económicos y administrativos de 1 de mayo de 2025.
Segundo.-Proceder a la inmediata publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
…”.
Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Teruel, a fecha de firma electrónica.