BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1664

Convocatoria y Concesión Subvenciones a Asociaciones en materia de Deportes; BDNS(Identif.): 833587.

Publicado el  5/23/25, BOP número  95

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

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Convocatoria y Concesión de Subvenciones a Asociaciones en materia de Deportes 2024, por Concurrencia Competitiva; BDNS(Identif.): 833587.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/833587)
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15/05/2025, por la que se convocan subvenciones a Asociaciones en materia de Deporte para el año 2025, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Calanda.

El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 833587.

Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la subvención objeto de la presente convocatoria, aquellas Entidades o Asociaciones Deportivas, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con sede en el Municipio de Calanda, y que desarrollen sus actividades principalmente en este Municipio.
En caso de Asociaciones en vías de constitución, podrán incluirse si ya tienen aprobados y registrados sus Estatutos, y presentan un avance del programa de actuación que pretenden desarrollar.

Segundo.- Objeto-
La subvención tiene por finalidad apoyar y fomentar el desarrollo de las actividades deportivas de las distintas Asociaciones, que en la actualidad ya tienen consolidada su permanencia y continuidad, incentivando, asimismo, el nacimiento de otras nuevas actividades que pueden dinamizar en mayor medida el acervo deportivo del municipio.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
- Actividades deportivas desarrolladas en el municipio de Calanda.
No serán objeto de subvención los siguientes gastos:
- Premios en metálico.
- Gastos de publicidad, ya sea en prensa, radio, televisión o cartelería.
- Gastos de fotocopias, mensajería y otros gastos de correspondencia.
- Gastos de televisión privada, satélite y cualesquiera otros canales privados de pago.
- Los gastos de personal de administración de la Asociación.
- Actividades o proyectos que no tengan finalidad deportiva.
- Los gastos de comidas, bebidas y otros similares que celebre la Asociación.
- Los actos que tengan lugar fuera del ámbito territorial del municipio.
- Aquellas actividades por las que se perciba subvención de otras Instituciones, cubriendo la totalidad de los gastos.
- Viajes meramente recreativos.

Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Calanda, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 05/09/2016, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 212, de fecha 07/11/2016.

Cuarto.- Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención serán los que señale la Intervención una vez sean aprobados los Presupuestos correspondientes a la anualidad en la que vaya a ejecutarse el gasto, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 5.000.- euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como DOCUMENTO I de esta convocatoria.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
a) DOCUMENTO II
- Justificación de la subvención.
b) DOCUMENTO III
- Descripción de las actividades realizadas. Será imprescindible hacer constar el coste total de la actividad, la aportación de los participantes y la aportación de la Asociación.
c) DOCUMENTO IV
- Relación numerada de facturas, junto con la siguiente documentación:
· Originales o copias compulsadas de las facturas justificativas del gasto y justificantes de pago. Estos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar fechados durante el año en el que se ha concedido la subvención.
- Contener el NIF o CIF del perceptor.
- Contener la firma y el nombre de la actividad a la que pertenece la factura.
- No se admitirán tickets de compra.
· Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Relación e importe de las subvenciones concedidas a esa Asociación, por parte de otras Entidades públicas o privadas, durante el mismo ejercicio.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano de dependencia en que fueron presentados o emitidos. Tampoco será preciso presentar documentos para acreditar datos que ya consten en la Administración actuante.

Calanda, a 19 de mayo de 2025.- El Alcalde, D. José Alberto Herrero Bono. Documento firmado electrónicamente.
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