BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2020-2748

Asumir el ejercicio de la competencia sancionadora en el marco y materias contempladas en la normativa invocada, mientras persistan las razones justificadas o la insuficiencia de los servicios municipales correspondientes. (Ayuntamiento de Calanda)

Publicado el  9/25/20, BOP número  185

Datos del Anunciante

Sección:
Organismos oficiales

Órgano Emisor:
Ministerior del Interior

Departamento:
Jefatura Provincial de Tráfico de Teruel

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Con fecha de 04 de Agosto de 2020, el Ayuntamiento de Calanda solicitó de manera expresa que la competencia sancionadora municipal en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que corresponde al Alcalde, fuera ejercida por la Jefatura Provincial de Tráfico de Teruel, de conformidad con lo que se establece en el artículo 84.4 del vigente texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
Atendiendo a la petición, esta Jefatura Provincial ha resuelto con fecha 7 de septiembre de 2020 asumir el ejercicio de la competencia sancionadora en el marco y materias contempladas en la normativa invocada, mientras persistan las razones justificadas o la insuficiencia de los servicios municipales correspondientes.
Lo que se publica para general conocimiento.
Teruel, a 17 de Septiembre de 2020.- El Jefe Provincial de Tráfico de Teruel, Javier Agulló Martínez.
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