BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-4005

Aprobar definitivamente expediente de enajenación de bienes patrimoniales por subasta.

Publicado el  12/16/25, BOP número  238

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Mora de Rubielos

Departamento:
Ayto. de Mora de Rubielos

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Resolución de Alcaldía n.º 235 de fecha 1 de diciembre de 2025 del Ayuntamiento de Mora de Rubielos (Teruel) por la que se aprueba definitivamente expediente de enajenación de bienes patrimoniales por subasta.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 235 de fecha 1 de diciembre de 2025 el expediente de adquisición por subasta del siguiente bien, que literalmente dice:


“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 235/2025

Con fecha 2 de abril de 2025, la Alcaldía presentó su propuesta en la que argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para proceder a la enajenación por subasta del siguiente bien, iniciando el correspondiente expediente:

[En caso de bien inmueble]

Finca Resultante número 10.

A) Descripción.- Urbana. Parcela número Diez del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución “SECTOR B INDUSTRIAL NUEVO” del Plan Parcial del Polígono Industrial Sector 1 de Mora de Rubielos (Teruel) sita en término de Mora de Rubielos, partida de Los Llanos de Cencerroso, con una superficie de mil metros cuadrados (1.000 m2), que linda: al Norte, finca resultante número 9 de este Proyecto de Reparcelación, adjudicada al Excmo. Ayuntamiento de Mora de Rubielos ; Sur, finca resultante número 11 de este Proyecto de Reparcelación, adjudicada al Excmo. Ayuntamiento de Mora de Rubielos; Este, finca resultante número 17 de este Proyecto de Reparcelación, adjudicada al Excmo. Ayuntamiento de Mora de Rubielos; y Oeste, vial de la urbanización .

B) Adjudicación.- Se adjudica el pleno dominio como bien patrimonial al EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE MORA DE RUBIELOS, domiciliado en Plaza de la Villa, nº 1, de Mora de Rubielos, Teruel, y con código de identificación fiscal número P-4416700-E

C) Título.- Le pertenece por subrogación de parte de la finca aportada nº 2 a este Proyecto de Reparcelación y supone un 1,9 % de la aportada.

D) Aprovechamiento urbanístico y usos.- Le corresponde una edificabilidad de 1,232 m2/m2, es decir, una edificabilidad de 1.232 m2/techo, siendo su uso predominante el industrial y sus usos complementarios los permitidos por el Plan Parcial del Polígono Industrial del Sector 1 “Los Cencerrosos” de Mora de Rubielos.

E) Construcciones y edificaciones.- No existen.

F) Limitaciones, cargas y gravámenes.-
F-1) Por razón de su procedencia:
Afecta a las obligaciones tributarias derivadas de la finca de la que trae razón por subrogación.
F-2) Por sí:
a) Está gravada con el saldo resultante para la misma en la cuenta de liquidación provisional, para responder de los gastos de gestión y de las obras de urbanización de la unidad de ejecución, que asciende a 30.036,49.-€.


G) Cuota definitiva de participación de la finca en los costes de urbanización.-
La presente finca tiene asignada una cuota definitiva para su participación en los costes de urbanización de 1,08 %.

H) Otras circunstancias.- No constan.

SEGUNDO. Iniciado el expediente y realizada la tramitación establecida en la normativa aplicable, que ha quedado plasmada mediante la incorporación de la siguiente documentación:

Documento
Fecha/N.º
Observaciones
Propuesta de Alcaldía
02-04-2025

Providencia de Alcaldía
02-04-2025

Informe Jurídico
02-04-2025

Informe-Propuesta de Resolución
02-04-2025

Resolución de Alcaldía
02-04-2025

Informe de los Servicios Técnicos
02-04-2025

Certificado del Inventario de Bienes
02-04-2025

[En su caso]Certificado del Registro de la Propiedad
29-03-2010

Pliego de Condiciones
04-04-2025

Informe-Propuesta de Resolución
04-04-2025

Resolución de Alcaldía
04-04-2025

Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
07-11-2025

Certificado de Secretaría de las Ofertas Presentadas
01-12-2025

Acta de la mesa de valoración de apertura del Sobre «A» y «B» y Propuesta de Adjudicación
01-12-2025

Resolución de Alcaldía
01-12-2025

Informe-propuesta de Secretaría
01-12-2025

Informe de Fiscalización
01-12-2025

Visto que la aprobación corresponde a la Alcaldía conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se emite la siguiente:

RESUELVO

PRIMERO. Enajenar el bien patrimonial descrito en los antecedentes en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares a:

ADJUDICATARIO
PRECIO
MAQUIFOR 2000, S.L.
22.960,00 € sin IVA

SEGUNDO. Establecer como características y ventajas determinantes de que haya sido seleccionada la oferta presentada por el adjudicatario con preferencia a las presentadas por los restantes licitadores cuyas ofertas fueron admitidas, las siguientes:

- Ser la única y mejor oferta económica.

TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento [https://moraderubielos.sedelectronica.es], a efectos de su general conocimiento.

CUARTO. Notificar a MAQUIFOR 2000 S.L., adjudicatario del contrato, la presente Resolución y citarle para la firma del contrato.
QUINTO. Anotar la enajenación en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez formalizada la enajenación.

[En su caso] SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales, según la Legislación hipotecaria.


Se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[dirección https://moraderubielos.sedelectronica.es]

Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Teruel en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.


Mora de Rubielos a 12 de diciembre de 2025.- El Alcalde D. Hugo Arquímedes Ríos Navarro.- Documento firmado electrónicamente.
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