Se abre convocatoria para elegir Juez de Paz correspondiente al Municipio de San Agustín. De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985 de de Julio del Poder Judicial y en cumplimiento de lo establecido en el art. 5.1 del Reglamento nº. 3/1995 de 7 de junio, de los Jueces de Paz y a fin de que se proceda a una nueva designación en la forma prevista en los Art. 6 y 7 del mismo. Cuantas personas lo deseen podrán solicitar tal cargo presentando solicitud ante el Ayuntamiento de San Agustín en el plazo de quince días siguientes a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Condiciones:
1. Ser español, mayor de edad.
2. No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad:
-Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
-Estar condenado por delito doloso mientras no haya obtenido a rehabilitación.
-Estar procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto y se dicte acto de sobreseimiento.
- No estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
3. No estar incurso en causa de incompatibilidad o estar en disposición de cesar, en su caso, en la actividad incompatible con el cargo, de conformidad con el régimen de incompatibilidades y prohibiciones del artículo 14 del citado Reglamento, en el supuesto de ser nombrado.
San Agustín, a fecha de firma electrónica.