Acuerdo del Pleno de fecha 30/01/2026 de la Entidad Bronchales por el que se aprueba definitivamente el Presupuesto General para el ejercicio 2026.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ACUERDO DEL PLENO
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2025
Formado el Presupuesto General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio económico 2025, así como, sus Bases de Ejecución y la Plantilla de Personal comprensiva de todos los puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y el artículo 18 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988.
Visto y conocido el contenido de los informes del Interventor municipal.
Visto el Informe de Intervención del cálculo de la Estabilidad Presupuestaria y la Sostenibilidad Financiera del que se desprende que la situación es de equilibrio presupuestario y que el porcentaje de deuda viva de esta entidad es inferior al límite de deuda,
Tras el debate se procede a la votación y con cuatro votos a favor, D. David Hernández Domingo (PP), Dª Marta Casañ Comes (PP), D. Daniel López Pérez (PP), D. José Ignacio Sáez Dobón (PP) y dos abstenciones D. Jorge Hernández Perona (PSOE) y Dª Isabel Quintana Cuevas (PSOE), se aprueba el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el Presupuesto General de este Ayuntamiento, para el ejercicio económico 2025, junto con sus Bases de Ejecución, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
ESTADO DE GASTOS |
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 905.000,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | 720.000,00 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal | 243.700,00 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios | 392.800,00 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros | 5.000,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 58.500,00 € |
CAPÍTULO 5: Contingencias Comunes | 20.000,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 185.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales | 185.000,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | |
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TOTAL: | 905.000,00 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 905.000,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | .000,00 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos | 213.000,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos | 2.000,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos | 125.200,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 213.450,00 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales | 311.350,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 40.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales | |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | 40.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | |
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TOTAL: | 905.000,00 € |
SEGUNDO. Aprobar inicialmente la plantilla de personal, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios y personal laboral:
PLANTILLA DE PERSONAL
A) PERSONAL FUNCIONARIO:
Secretario-Interventor: 1 (funcionario Interino).
Alguacil-Auxiliar Administrativo: 1 (Funcionario de Carrera)
B) PERSONAL LABORAL:
Limpiadora: 1 (contrato laboral temporal).
Operario de Servicios Múltiples: 1 (contrato obra o servicio determinado).
Auxiliar Oficina de Turismo: 1 (contrato obra o servicio determinado).
Profesora educación Infantil: 1 (contrato duración determinada).
Bibliotecaria: 1 (contrato laboral temporal).
TERCERO. Exponer al público el Presupuesto General para el 2025, las Bases de Ejecución y plantilla de personal aprobados, por plazo de quince días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados.
CUARTO. Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación.
QUINTO. Remitir copia a la Administración del Estado, así como, al órgano competente de la Comunidad Autónma.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bronchales, a fecha de firma electrónica.