BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3830

Aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales que a continuación se detalla:

Publicado el  11/12/24, BOP número  218

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Mora de Rubielos

Departamento:
Ayto. de Mora de Rubielos

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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15 al 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado Por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, el Pleno de la Corporación en Sesión Extraordinaria de fecha 8 de noviembre de 2024 acordó aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales que a continuación se detalla dando nueva redacción de algunos de sus artículos, en los términos que se contienen en el texto anexo, y que surtirán efectos a partir del día 1 de Enero de 2025.
Ordenanzas Modificadas:
1.- TASAS
A. Ordenanza Fiscal nº 7 reguladora de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos.
B. Ordenanza Fiscal nº 12 Ordenanza Reguladora de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa:
C. Ordenanza Fiscal nº 13 reguladora de la Tasa por suministro de agua potable a domicilio.
D. Ordenanza Fiscal nº 17 Ordenanza Reguladora de Cementerio Municipal
E. Ordenanza Fiscal Nº 20 Reguladora de la tasa por recogida de vehículos de la vía pública abandonados, estacionados abusivamente o que impiden la circulación
2.- IMPUESTO
A. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, y 140 de la Ley 7/1999, de 9 de Abril, el presente Acuerdo de aprobación inicial queda expuesto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En Mora de Rubielos, a fecha de firma electrónica.
Documento firmado electrónicamente.
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