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Decreto de aprobación  del Convenio con la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel para la Realización de Acciones de Promoción del Sector Agro-alimentario de Teruel 2024.

Publicado el  10/11/24, BOP número  197

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

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DECRETO DE PRESIDENCIA DE LA DPT NÚMERO 2024-3654 POR EL QUE SE APRUEBA EL CONVENIO CON LA CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE TERUEL PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRO-ALIMENTARIO DE TERUEL 2024.
Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y normas concordantes, el artículo 64.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el artículo 61 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y normas concordantes,
HA RESUELTO:
PRIMERO.- Aprobar el Convenio entre la Diputación Provincial de Teruel y la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel, para la realización de acciones de promoción del sector agro-alimentario de Teruel 2024
SEGUNDO.- Dar traslado de la presente Resolución al Servicio Agropecuario, Intervención General y la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel.
TERCERO.- Señalar que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Teruel en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación, previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Así lo manda y firma el Sr. Presidente de la Diputación Provincial, en Teruel, a fecha de firma electrónica, señalando que la suscripción de la presente resolución parte del funcionario firmante, se realiza, exclusivamente, a los efectos de garantizar la autenticidad e integridad de la misma.
Teruel, 8 de octubre de 2024.- EL Presidente, Fdo. Joaquín Juste Sanz Fdo. El Secretario General Acctal, Fdo.: Alberto Pérez Fortea.
Documento firmado electrónicamente.
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