BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1054

Modificación Nº 11  Del Plan General de Ordenación Urbana.

Publicado el  4/2/25, BOP número  64

Datos del Anunciante

Sección:
Organismos oficiales

Órgano Emisor:
Diputación General De Aragón

Departamento:
Diputación General De Aragón. Dpto.Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial

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MODIFICACIÓN Nº 11 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE VALDERROBRES.
El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 18 de junio de 2024, y en relación a este expediente, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

“ PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN Nº 11 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE VALDERROBRES, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.2 b) del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, y art. 15.1 del Decreto 129/2014, de 29 de Julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo condicionada a la subsanación de los reparos documentales y de tramitación que obran en este acuerdo.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación de la Aprobación Definitiva de la Modificación cuando se presente la documentación que subsane los reparos anteriormente expuestos, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de VALDERROBRES, con ofrecimiento de los recursos procedentes, y al equipo redactor para su conocimiento y efectos. “
Con fecha 20 de marzo de 2025 se presenta documentación que subsana los reparos señalados en el acuerdo anteriormente reseñado.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón procediéndose a la publicación del contenido normativo aprobado definitivamente.

La tipología edificatoria del suelo URBANO se denominará “Equipamiento social” y tendrá las siguientes características:
Parcela mínima: No se limita
Ocupación: Se limita a un máximo del 70%
Edificabilidad máxima: 6.300 m² (preestablecida según Estudio de Detalle) Se conserva el aprovechamiento definido en el Estudio de Detalle independientemente de que la superficie neta de parcela, tras la presente modificación, sea mayor.
Número máximo de plantas: PB+3+ Bc (medida desde calle San Cristóbal)
Las instalaciones necesarias para el funcionamiento de la edificación se situarán en planta bajo cubierta o en los patios.
Alineaciones a viales: Se permiten edificaciones según alineaciones grafiadas en la documentación gráfica y edificaciones aisladas.
Vuelos: Se permitirán vuelos abiertos o cerrados dentro del espacio libre privado
Separación a linderos: se admiten retranqueos a linderos con un mínimo de 2 metros
Usos:
Permitido el uso de equipamiento social, vivienda social, garaje, espacios libres e instalaciones asociadas a servicios urbanos.
Condiciones estéticas: Las condiciones estéticas se adaptarán a este tipo de edificación social, siendo valoradas y aprobadas previamente por el Ayuntamiento de Valderrobres.

5.2. NORMATIVA URBANÍSTICA


Teruel, a 27 de marzo de 2025. El Secretario del Consejo Provincial de Teruel. D. Rafael Blasco Rozas. Documento firmado electrónicamente.
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