BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-2833

Rectificación anuncio relativo a Convocatoria Subvenciones a Aytos. para equipamiento, mantenimiento y conservación de Multiservicios Rurales en funcionamiento 2025.

Publicado el  9/3/25, BOP número  166

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

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Mediante la presente se rectifica el anuncio publicado el pasado día 1 de septiembre de 2025, BOP TE nº: 164, relativo a la “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS MULTISERVICIOS RURALES EN FUNCIONAMIENTO DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2025”.

EXTRACTO DEL DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 3277, DE 18 DE AGOSTO DE 2025 POR EL QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL PARA EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS MULTISERVICIOS RURALES EN FUNCIONAMIENTO 2024.

Primero.- Objeto
El objeto de esta subvención es ayudar a sufragar los gastos de ejecución de las actuaciones de equipamiento, mantenimiento y/o conservación de los Multiservicios Rurales que estén en funcionamiento a 1 de enero del año en la que se publique la convocatoria. Estas actuaciones se vincularán a un local de propiedad o uso municipal mediante el correspondiente contrato de arrendamiento.

Segundo.- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Ayuntamientos de la Provincia de Teruel, para sí o para sus barrios rurales o las Entidades Locales Menores que presenten sus solicitudes, dentro de los plazos y condiciones que se fijan en la presente convocatoria.

Tercero.- Requisitos
Las entidades locales solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
No encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con la Hacienda Provincial
Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de dicha ley, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto. (Art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón).
Acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
No existir en el municipio, entidad local menor o barrio donde esté implantado el MSR otro establecimiento que preste los servicios que se prestan en el MSR y acreditación de estar en funcionamiento a 1 de enero de 2025.

Cuarto.- Bases Reguladoras
La Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel, que recoge las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones, se aprobó por el Pleno Provincial en fecha 27 de marzo de 2024, se publicó su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 70 de fecha 11 de abril de 2024 y se elevó a definitiva mediante la publicación en el BOP Te nº 102 de fecha 29 de mayo de 2024.

Quinto.- Importe y gastos subvencionables
El crédito disponible para la financiación de las "Subvenciones Ayuntamientos Multiservicios" asciende a un importe máximo de 111.500,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 2025-4312-76200 de la Diputación Provincial de Teruel. No obstante, lo anterior, para esta convocatoria el importe máximo estimado que se va a destinar es de 81.500,00 euros.

No obstante lo anterior, en virtud del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como la Diputación Provincial de Teruel tiene dos convocatoria diferenciadas para Multiservicios (nueva implantación y en funcionamiento) pero financiadas con crédito de la misma aplicación presupuestaria 2025 4312 76200, mediante esta convocatoria se regula la posibilidad de utilizar el crédito no dispuesto de una línea a la otra como cuantía adicional, sin necesidad de realizar una nueva convocatoria.

En todo caso, la efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias señaladas en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Y, en su caso, previa aprobación a la modificación presupuestaria que proceda, en el momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Se consideran gastos subvencionables todos aquellos referidos a pequeñas obras de reparación, mantenimiento y conservación, así como la adquisición de equipamiento y mobiliario necesarios para el funcionamiento del MSR, que de manera indubitada estén relacionados directamente con el desarrollo de la actividad, debidamente justificados en la memoria, realizados en el período de ejecución.

No se consideran gastos subvencionables la adquisición de menaje, ni de artículos decorativos y similares.

La cuantía máxima de subvención por solicitante será del 80% de los gastos subvencionables, sin que pueda superar los 3.000 euros.

Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.

Séptimo- Justificación
La documentación de solicitud a presentar será la que se establece en la base Octava de la convocatoria. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 1 de octubre de 2025. Transcurrido este plazo sin la presentación de la documentación necesaria en tiempo y forma conlleva automáticamente el desistimiento de su solicitud.

Las solicitudes y la justificación se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel: https://dpteruel.sedelectronica.es/

La convocatoria íntegra, así como los modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Teruel:
https://www.dpteruel.es/DPTweb/la-diputacion/areas/cooperacion-local/desarrollo-territorial/


Teruel, a fecha de firma electrónica.
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