BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3783

Tasa por servicio de suministro de agua y tasa por servicio de alcantarillado año 2025. Tasa por recogida domiciliaria de basuras y Residuos sólidos urbanos 2025 y Tasa por recogida de Basura y Residuos sólidos urbanos de comercios e industrias 2025.

Publicado el  11/21/25, BOP número  222

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Aliaga

Departamento:
Ayto. de Aliaga

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Notificación colectiva, anuncio de exposición pública y período voluntario de cobranza correspondiente a varias Tasas ejercicio 2025

Por resolución de la Alcaldía de fecha 18 de noviembre de 2025 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del Padrón de las siguientes Tasas:
Tasa por servicio de suministro de agua y tasa por servicio de alcantarillado año 2025.
Tasa por recogida domiciliaria de basuras y Residuos sólidos urbanos 2025 y Tasa por recogida de Basura y Residuos sólidos urbanos de comercios e industrias 2025.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza.

Exposición pública:
Los padrones correspondientes a la citadas Tasas se encuentran expuestos al público por término de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Plazo de ingreso:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria, y en relación con las Ordenanzas Fiscales reguladoras de las tasas, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de cobranza en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.

Lugar y forma de pago:
A) Por domiciliación.- Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.
B) Los no domiciliados.- El pago deberá efectuarse a través de las entidades colaboradoras autorizadas (Ibercaja) o en las Oficinas Municipales, en horario de atención al público.

Procedimiento de apremio:
Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora.

Régimen de recursos:
- Recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública de los Padrones. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Aliaga, a la fecha de firma electrónica.
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