BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

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Bases de la convocatoría para la provisión de una plaza de informador/a- guía de turismo y creación de una bolsa de trabajo.

Publicado el  11/20/25, BOP número  221

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de La Iglesuela del Cid

Departamento:
Ayto. de La Iglesuela del Cid

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE INFORMADOR/A-GUÍA DE TURISMO DE LA IGLESUELA DEL CID (TERUEL) Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO.

1.- OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso oposición de una plaza de personal laboral FIJO guía de Turismo de la oficina de Turismo de La Iglesuela del Cid, y creación de una Bolsa de Trabajo.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para tomar parte en las pruebas de selección, serán necesarios los siguientes requisitos:
Ser español, ciudadano de alguno de los Estados miembros la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España (art. 57 del Estatuto Básico del Empleado Público).

a) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o titulación superior.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, no hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas
f) Estar en posesión del Carnet de Conducir B.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de La iglesuela del Cid laiglesueladelcid.sedelectronica.es, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
En las solicitudes los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
A la instancia se acompañará:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y del Permiso de conducir.
b) Fotocopia del Título de Graduado F.P. primer grado o equivalente, o titulación superior.
c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallare inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
d) La documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para la fase del concurso.
e) Currículum Vitae
Los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid.

4.- ADMISION DE INSTANCIAS:
Terminado el plazo de presentación de Instancias, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, composición del tribunal, fecha de la constitución para la valoración de méritos y pruebas de la oposición, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid, durante el plazo de cinco días naturales para que las personas interesadas puedan examinarla y presentar las reclamaciones oportunas, considerándose definitivamente aprobada dicha resolución en caso de no presentarse reclamaciones. Si se presentasen reclamaciones la Alcaldía resolverá sobre las mismas y dictará resolución sobre la aprobación definitiva en el plazo de cinco días.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR:

El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario, designados por el Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid, Diputación Provincial de Teruel y Comarca del Maestrazgo, debiendo ser funcionarios o personal laboral fijo, que posean una titulación igual o superior a la requerida para el puesto de trabajo para que se convoca, pudiendo asistir asesores técnicos con voz pero sin voto.
Para cada uno de los miembros se nombrará un suplente que actuará en los casos de imposibilidad de asistencia del Titular.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de tres de sus miembros, titulares o suplentes, incluyendo en todo caso al presidente y al secretario. En caso de ausencia del Presidente y de sus suplentes, el puesto será desempeñado por los vocales, titulares o suplentes, por el orden de prelación que se establezca en el nombramiento. Todos los Miembros del Tribunal actuarán con voz y con voto.
El tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las pruebas y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en lo previsto en la bases.

6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

1.- El Sistema de selección será el de concurso oposición.
2.- La fase de oposición comprenderá la realización de los dos ejercicios siguientes, que se realizarán en un único día:
a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de veinticinco preguntas tipo test, que versarán sobre el programa de materias que se recogen en el AnexoII de estas bases, en un tiempo máximo de 30 minutos. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán diversas respuestas, de las que sólo una de ellas será la correcta.
La puntuación se hará conforme al siguiente baremo: 0,80 puntos por cada respuesta del test acertada. No se penalizarán las respuestas erróneas.
En el examen se incluirán tres preguntas adicionales de reserva que también habrá de resolver y que no se valorarán salvo que se detecte un error sustancial en alguna de las preguntas que justifiquen su invalidación. En caso de que se invalide la 1ª pregunta será sustituida por la reserva1ª; en caso de que se invalide una 2ª pregunta, será sustituida por la reserva 2ª y en caso de que se invalide una 3 ª pregunta, será sustituida por la pregunta de reserva 3
Deberá obtener una calificación mínima de 10, puntos para acceder al segundo ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo máximo de 30 minutos, un tema práctico, que propondrá el Tribunal, relacionado directamente con el puesto de trabajo a desempeñar y con el programa de materias que se recogen en el Anexo II. Dicho ejercicio será leído por el aspirante ante el tribunal, cuya valoración máxima serán 10 puntos.

3.- La Fase de concurso que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valoración de los méritos alegados, hasta un máximo de 25 puntos, con arreglo al siguiente baremo:

a) TITULACION ACADEMICA: máximo 2 puntos.
- Doctorado 1 punto
- Licenciatura Universitaria 0,5 puntos.
- Diplomatura Universitaria 0,35 puntos.
- Bachiller o equivalente 0,15 puntos.



b) TITULACIONES ESPECÍFICAS. Máximo 3 puntos.

- Licenciado en Turismo o Ciencias Medioambientales: 1,5 punto
- Diplomatura en Turismo 1,0 puntos.
- Técnico superior en guía, información y asistencia turística; Información y comercialización turística 0,5 puntos.

c) EXPERIENCIA: Maximo 10 puntos

- Se valorará la experiencia laboral de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, hasta un máximo de
5 puntos.
a) Por servicios prestados en la Administración Pública en plazas de igual contenido a la que se convoca 0,20 puntos por mes trabajado.
b) Por servicios prestados en la empresa privada en plazas de contenido similar a la que se convoca, 0,10 puntos por mes trabajado.

d) FORMACION: Máximo 10 puntos en base al siguiente baremo:

- Por estar en posesión del Carnet de Guía de Turismo de Aragón 5 puntos.
- Por estar en posesión de los tres primeros cursos de la Escuela Oficial de Idiomas o del Instituto Oficial de Idiomas 1, punto.
- Por la realización de cursos relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, hasta un máximo de 4 puntos conforme al siguiente baremo:

- De 20 a 60 horas.- 0,20 puntos.
- De 61 a 100 horas.- 0,40 puntos.
- más de 100 horas.- 0,60 puntos.

En ningún caso el tribunal podrá valorar como méritos aquellos que no hayan sido justificados de acuerdo con lo establecido a continuación. Todos los documentos presentados para el concurso deberán ser originales o fotocopias compulsadas.
Apartado Experiencia: Certificado de la Administración Pública o de la empresa correspondiente en el que se haga constar el tiempo de servicios prestados y la denominación de la plaza, Así como copia compulsada del Certificado de Vida Laboral expedido por la TGSS. El Tribunal podrá admitir otro tipo de acreditación, si la considera suficiente.
Apartado Titulación: Fotocopia compulsada del Título.
Apartado de Formación.- Fotocopia compulsada del título diploma o certificado de la realización del curso con indicación de la materia impartida y del número de horas de duración

En este apartado se valorarán únicamente los cursos, masteres, jornadas, seminarios, simposios o congresos relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo que hayan sido realizados por los aspirantes en calidad de participantes y siempre que los mismos hayan sido impartidos por Administraciones Públicas o Entidades particulares reconocidas al efecto por cualquier Administración Pública. Para este último caso los aspirantes deberán aportar junto al curso, seminario., documento acreditativo de dicho reconocimiento.
En el caso de empates se resolverá atendiendo sucesivamente, a la mayor puntuación alcanzada en a) Experiencia, b) Titulación y c) Formación.

4.- La calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

7.-. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Realizados los ejercicios y las valoraciones, el Tribunal elevará listado al Sr. Alcalde ordenado de mayor a menor por las puntuaciones obtenidas, y propondrá los correspondientes nombramientos a favor de los aspirantes con mayor puntuación.
Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid, dentro del plazo de cinco días naturales desde que se publique en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La resolución de nombramiento será adoptada por el Alcalde- Presidente a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quiénes deberán tomar posesión o incorporarse en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se le notifique el nombramiento o necesidad de incorporarse ya a su puesto de trabajo.
Si el candidato seleccionado no fuere nombrado, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos Exigidos, o renunciara a lo largo de un año, podrá nombrase al siguiente candidato con mayor puntuación obtenida.

8. Funcionamiento Bolsa de Empleo.
Los aspirantes serán llamados por orden en que aparezcan en la lista telefónicamente y/o mediante correo electrónico (si dispusiera de ello) y/o mensaje SMS a su teléfono móvil (si dispusiera de ello), debiendo contestar a ello inmediatamente y siempre antes de 12 horas, en sentido de aceptación o denegación del ofrecimiento, dejándose constancia de ello. Igualmente, de no ser localizado de ninguna de las maneras señaladas, se procederá a llamar a los siguientes aspirantes.
La persona que renuncie al ofrecimiento, sin concurrir causa justificada como puede ser: Estar contratada en ese momento en otra empresa, enfermedad, maternidad/paternidad o circunstancia personal grave que lo impida, pasará al último lugar de la lista.
En caso, de no haber superado el periodo de prueba (que será en todo caso de al menos de un mes) durante la realización de su contrato, será excluida directamente de la lista. También será causa de exclusión si concurriera cualquiera de las circunstancias que motivan un despido con arreglo al Estatuto de los Trabajadores.

9. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

La Iglesuela del Cid , a fecha de firma electrónica.


Anexo I
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS EL AYUNTAMIENTO DE LA IGLESUELA DEL CID (Teruel)

DATOS DE LA CONVOCATORIA

Plaza a la que aspira: INFORMADOR, GUIA DE TURSMO Y MEDIO AMBIENTE.
Fecha de la Convocatoria:
DATOS DEL/A ASPIRANTE
1º Apellido
2º Apellido
Nombre:
D.N.I.
Fecha de Nacimiento:
Domicilio (Calle, Plaza, Número Piso):
Municipio:
C. Postal:
Provincia:
Teléfono Contacto:
Correo electrónico:
DOCUMENTACION QUE HA DE ADJUNTARSE A LA INSTANCIA:
Fotocopia del DNI o documento de renovación.
Fotocopia del título exigido en las bases reguladoras o del resguardo de solicitud
Fotocopias de los documentos a valorar en la fase de concurso y que se relacionan
Fotocopia carnet de conducir

1.-
2.-
3.-
4.-
5.-

El abajo firmante solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifican en ellas y a prestar juramento o promesa en los términos establecidos en el R.D. 707/79 de Abril.

En………………………………………………, a …... de ……………………………….. de 2025.

FIRMA,




SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE LA IGLESUELA DEL CID







ANEXO II
TEMARIO.

Tema 1: La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Generales. La Organización Territorial del Estado.

Tema 2: El Estatuto de Autonomía de Aragón. La organización institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón

Tema 3.-. DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, DE 2 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL TURISMO DE ARAGÓN. Competencias en materia de Turismo de Aragón: Comunidad Autónoma, Comarcas y Municipios.

Tema 4.- Diversos tipos de alojamiento turístico: Modalidades, características, funcionamiento.

Tema 5 .- Principales características de la infraestructura receptiva de la Comarca del Maestrazgo. Alojamientos turísticos: Hoteles, Apartamentos, Camping, Albergues y Viviendas de Turismo Rural, Rutas senderista y Espacios Naturales.

Tema 6.- Las Oficinas de Turismo y sus funciones. Información, orientación y asistencia turística.

Tema 7.- Sistema de Calidad Turística.

Tema 8.- Aspectos fundamentales de la historia de La Comarca del Maestrazgo, Patrimonio Natural, Características y elementos de interés.

Tema 9.- El Municipio de La Iglesuela del Cid. Aspectos fundamentales de su historia.

Tema 10.- El Patrimonio Cultural, arquitectónico y etnológico de La Iglesuela del Cid.- Bienes de Interés Cultural.

Tema 11.- Museos, espacios expositivos y centros de Interpretación de La Comarca del Maestrazgo.

Tema 12.- Los itinerarios Turísticos de La Iglesuela del Cid y su entorno.
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