BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3257

Aprobación de la Ordenanza reguladora del procedimiento para la utilización de la Planta de Compostaje.

Publicado el  10/16/25, BOP número  196

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villafranca de Ebro

Departamento:
Ayto. de Villafranca de Ebro

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Acuerdo de la Asamblea de fecha 29 de Julio del Consorcio de la Agrupación nº7 - Alcañiz por la que se aprueba definitivamente expediente de aprobación de la Ordenanza reguladora del procedimiento para la utilización de la Planta de Compostaje.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza reguladora del procedimiento para la utilización de la Planta de Compostaje, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LA PLANTA DE COMPOSTAJE

1. Objetivo
Establecer los pasos para la correcta recepción y tratamiento de residuos orgánicos, asegurar el cumplimiento con los Códigos LER 20 01 08 (residuos biodegradables), LER 200201 (Residuos biodegradables de parques y jardines y LER 200302 (residuos de mercados) y aplicar la tasa establecida vigente (BOPTE del 23 de octubre de 2024).
Se incorpora control de impropios y procedimiento en caso de discrepancias.

2. Alcance
Aplica a todos los operadores, transportistas, proveedores y entes consorciados que entreguen residuos orgánicos a la planta de compostaje del Consorcio de la Agrupación nº7-Alcañiz.

3. Normativa de Referencia
Código LER 20 01 08 – Residuos biodegradables de cocinas y comedores.
Código LER 20 02 01- Residuos biodegradables parques y jardines.
Código LER 20 03 02- Residuos de mercados.
BOPTE, 23 de octubre de 2024 – Tasa de residuos orgánicos (en vigor desde 01/01/2025).

4. Definiciones
Impropios: Materiales no biodegradables incluidos en la fracción orgánica (plásticos, metales, textiles, etc.).
Fracción resto: Residuos no aptos para compostaje, enviados a eliminación o depósito en vertedero.

5. Procedimiento Operativo
5.1. Recepción del Residuo
1. Registro en báscula con peso bruto y origen del residuo.
2. Verificación de documentación y declaración código LER que se transporta.
3. Descarga en la zona de inspección para control visual inmediato.
4. El horario de apertura de la Planta de Compostaje será el establecido por el Consorcio de la Agrupación nº7-Alcañiz, y estará indicado en la entrada del vertedero.

5.2. Inspección Visual
El personal de planta realiza una inspección visual al volcar el contenido.
Si se detecta una cantidad notable de impropios, se activa el protocolo de supervisión y se abre no conformidad (Anexo I) procedimiento:

a.Notificación a la Entidad y al Consorcio
Se comunicará a la entidad titular de los residuos mediante fotografía de los residuos y se abrirá una no conformidad para que, si lo desea, supervise el proceso de muestreo aleatorio.
Plazo máximo de verificación visual en la Planta de Compostaje por parte de la entidad procedente del residuo: 24 horas desde la notificación.

b.Ausencia de Supervisión
Si la entidad no se presenta en el plazo establecido, se considerará válido el muestreo y la evaluación realizada por la empresa explotadora de la planta.

5.3. Muestreo Aleatorio y Cuantificación
1. Extracción de una muestra representativa (de aproximadamente 250 kg).
2. Clasificación y separación de impropios.
3. Cálculo del porcentaje:
% Impropios = (Peso Impropios / Peso Muestra) * 100

5.4. Criterios de Aceptación
≤ 10% de impropios: Aceptado como residuo orgánico.
> 10% de impropios: Rechazado el total como residuo orgánico; se reclasifica como fracción resto, procediendo a su traslado a vertedero computándose a la entidad correspondiente.
6. Aplicación de la Tasa
El coste del servicio será el aprobado por la ordenanza fiscal publicada en el BOPTE del 23/10/2024 por entrada en vertedero o por sus actualizaciones.

7. Acciones Correctivas
En caso de entrega de residuos con presencia significativa de impropios o no conformes con el tipo de residuo declarado, se repercutirá al usuario el coste adicional generado por la gestión como fracción resto y/o por operaciones extraordinarias de separación o limpieza, con los siguientes porcentajes:
Tras la comunicación a la entidad de 3 No conformidades en un mes se aplicará un 10% de incremento sobre la tasa aprobada por entrada en vertedero.
Cuando una entidad tenga abiertas 12 No conformidades en el plazo de 6 meses, la siguiente no conformidad que se aplique supondrá un incremento del 15% sobre la tasa aprobada por entrada en vertedero
Cuando una entidad tenga abiertas 25 No conformidades en el plazo de 12 meses, la siguiente no conformidad que se aplique supondrá un incremento del 20% sobre la tasa aprobada por entrada en vertedero.
Suspensión temporal de entregas si persisten incidencias sin corregir pasados 15 meses desde la apertura de la primera No conformidad.
Aplicación de los impuestos que correspondan por el depósito del rechazo en vaso.

8. Registros y Evidencias
Ficha de No Conformidad. (anexo I)
Registro de No Conformidades por entidades. (anexo II)

Cláusula adicional primera
Durante el primer año desde la publicación definitiva de esta ordenanza en el Boletín Oficial de la provincia se aceptará como residuo orgánico aquellos lotes con un porcentaje de impropios menor al 20%, procediendo a aplicar el punto 5.4 tal como aparece reflejado pasado ese plazo.

Disposición final. Entrada en vigor y derogación
La presente Ordenanza, aprobada por la Asamblea del Consorcio de la Agrupación nº7 - Alcañiz, entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero del año siguiente al de su publicación, manteniéndose en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

ANEXO I

FICHA DE NO CONFORMIDAD - INSPECCIÓN DE IMPROPIOS EN MATERIA ORGÁNICA

Planta de Compostaje: ___________________________
🧾 Datos de la No Conformidad
N.º No Conformidad: __________________________________
Fecha y Hora: ________________________________________
N.º Albarán: __________________________________________
Procedencia del Residuo: _______________________________
Código LER: __________________________________________
Matrícula del Camión: _________________________________
Causa de la No Conformidad:
☐ Presencia de plásticos
☐ Vidrio
☐ Metales
☐ Tóxicos
☐ Fracción resto
☐ Otro: ________________________________________
🧪 Extracción de Muestra para Supervisión
Comunicación a Entidad Afectada:
☐ Sí  ☐ No   Fecha/Hora: ______________________
Envío de Fotografía:
☐ Sí  ☐ No   Adjunto: ☐
Envío Comunicación en 24 h:
☐ Sí  ☐ No   Medio: ____________________________
Firma del Operario: ___________________________________

🔍 Seguimiento y Revisión
Fecha de Revisión: ____________________________________
Responsable de Revisión: ______________________________
Porcentaje de impropios detectado:­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­______________________
Aceptación de la No Conformidad por Entidad:
☐ Sí  ☐ No  ☐ Sin respuesta
Ausencia de Entidad:
☐ Sí  ☐ No
Modificación del Albarán a Fracción Resto:
☐ Sí  ☐ No   N.º nuevo albarán: _______________________

Cierre de la No Conformidad:
Responsable: ___________________
Fecha:_________________________
Firma:_________________________

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Villafranca de Ebro, a fecha 24 de septiembre.- La Presidenta. Dª Reyes Gimeno Cuella.- Documento firmado electrónicamente.
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