BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1129

Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa Servicio Báscula Municipal.

Publicado el  4/7/25, BOP número  67

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Acuerdo de Pleno de fecha 13/02/2025 del Ayuntamiento de Calanda por el que se aprueba definitivamente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Bascula Municipal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Bascula Municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar provisionalmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa por utilización de la Bascula Municipal, quedando la redacción del artículo 8 Tipo de gravamen y cuota tributaria de la Ordenanza de la siguiente forma.
Artículo 8º.- Tipo de gravamen y cuota tributaria.
La Tasa se exigirá con arreglo a las siguientes tarifas:
Peaje comprendido entre 0 Kg y 10.000 Kg
0,70-€
Peaje comprendido entre 10.000 Kg y 21.000 Kg
1,20-€
Peaje comprendido entre 21.000 Kg y 30.000 Kg
2,80-€
Peaje comprendido entre 30.000 Kg en adelante
3,80-€

SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de Teruel, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
http://calanda.sedelectronica.es.

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Calanda, a fecha de firma electrónica.
Subir