BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-1039

Modificación 01/2026 de la relación de puestos de trabajo.

Publicado el  4/10/26, BOP número  67

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Gudar-Javalambre

Departamento:
Comarca Gudar-Javalambre

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MODIFICACIÓN 01/2026 DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

El Pleno del Consejo Comarcal de Gúdar Javalambre, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2026, acordó la aprobación de la Modificación 01/2026 de la Relación de Puestos de Trabajo de la Comarca de Gúdar-Javalambre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación íntegra de la mencionada modificación:

- Puestos de Trabajo Modificados:

˗ Técnico de Administración General, A1, Complemento de Destino Nivel 22, Complemento Específico Nivel 22 (A)

˗ Psicólogo/a, A1, Complemento de Destino Nivel 22, Complemento Específico Nivel 22 (A)

- Propuesta de Modificación

- Técnico de Administración General, A1, Complemento de Destino Nivel 24, Complemento Específico Nivel 24 (A)

- Psicólogo/a, A1, Complemento de Destino Nivel 24, Complemento Específico Nivel 24 (A)

-Valoración Económica

(por cada puesto):

Incremento:

181,08 euros/ mensual * 12 mensualidades

180,99 euros/ mensual * 2 extraordinarias

Incremento anual: 2.534,94 euros

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer la persona interesada cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Mora de Rubielos a 1 de abril de 2026.- El Presidente D. José Luís Alvir Martínez.- Documento firmado electrónicamente.

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