BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3247

Prpograma VOLVEREMOS 2025 para la dinamización comercial.

Publicado el  10/15/25, BOP número  195

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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CONVOCATORIA DE AYUDAS AL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DENTRO DEL PROGRAMA VOLVEREMOS 2025 PARA LA DINAMIZACIÓN COMERCIAL EN TERUEL
BDNS(Identif.):861571
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/861571)
Primero. Beneficiarios:
Los beneficiarios de esta aportación serán las pequeñas o medianas empresas (PYMES), que tengan establecimientos comerciales minoristas de bienes o servicios abiertos al público en el término municipal de Teruel, y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”.
Podrán adherirse al programa “Volveremos”, aceptando la generación de bonos y su uso como medio de pago, aquellos establecimientos que, radicados en el término municipal de Teruel y con independencia de que sean personas físicas o jurídicas, cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener como objeto preferente de su actividad el de la venta directa al consumidor de los productos y bienes de consumo y otros servicios, correspondiente a los epígrafes mencionados en el punto 5 de esta convocatoria.
b) Ser comerciantes autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME).
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, frente al Ayuntamiento de Teruel y en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones.
Segundo. Finalidad:
El objeto de las ayudas enmarcadas en el programa “Volveremos” es incentivar la adquisición de bienes de consumo en pequeños establecimientos y dinamizar la actividad comercial minorista del comercio local de proximidad.
Tercero. Bases reguladoras:
Las Bases que regirán la concesión de subvenciones en materia de ayudas al pequeño comercio minorista en el marco del programa Volveremos año 2025, fueron aprobadas mediante la correspondiente Ordenanza General por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de Teruel en sesión del día 7 de julio de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha de agosto de 2025, entrando en vigor el día 29 de septiembre de 2025.
Además están publicadas en la página Web del Ayuntamiento de Teruel https://www.teruel.es/wp-content/uploads/documentos/Ordenanza-General-de-Subvenciones.pdf
Cuarto. Importe:
Cuantía máxima total de las subvenciones convocadas es de 80.000,00 €.
Quinto. Presentación de solicitudes:
Para adherirse al programa será necesario, además de cumplir los anteriores requisitos, cumplimentar el formulario de adhesión, el cual estará a disposición pública a través de la página web de “Volveremos” localizada en https://volveremos.app, así como a través de la Cámara de Comercio.
El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 31 de diciembre de 2025.

Teruel, a fecha 9 de octubre de 2025.- La Alcaldesa.- Dª María Emma Buj Sánchez.- Documento firmado electrónicamente
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