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Anuncio # 2024-1540

Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 03/2024, del Presupuesto prorrogado vigente de esta Corporación bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios.

Publicado el  5/9/24, BOP número  88

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Gúdar-Javalambre

Departamento:
Comarca de Gúdar-Javalambre

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Por Acuerdo del Pleno de la Comarca de Gúdar Javalambre de 25 de marzo de 2024 se aprobó el expediente de modificación de créditos n. º 03/2024, del Presupuesto prorrogado vigente de esta Corporación bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios Financiados con cargo al Remanente Líquido de Tesorería y a Baja de Crédito de otras Aplicaciones.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el siguiente Acuerdo de Modificación de créditos 03/2024:
“ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente Modificación de Créditos n.º 03/2024 del vigente Presupuesto comarcal bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios Financiados con cargo a Remanente Liquido de Tesorería y a Baja de Crédito de otras Aplicaciones, de acuerdo con el siguiente resumen:
Créditos Extraordinarios del Presupuesto de Gastos


PARTIDA
CRÉDITOS
INÍCIALES
MODIFICACIÓN
DEL CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES






430
46206-40
Subvenciones Aytos. Mejora Multiservicios Rurales
0,00
358.160,00
358.160,00
432
63900-41
Inversiones complementarias y excesos Mirador Mijares
0,00
25.111,75
25.111,75



0,00
383.271,75
383.271,75
Esta modificación se financia con cargo al Remanente Liquido de Tesorería y a Bajas de Crédito del Presupuesto de Gasto, en los siguientes términos:
Bajas y Minoraciones de Créditos en el Presupuesto de Gastos


PARTIDA
CRÉDITOS
INÍCIALES
MODIFICACIÓN
DEL CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES






430
62900-43
Mejora Red Comercial de Multiservicios Rurales
436.763,00
358.160,00
78.603,00



436.763,00
358.160,00
78.603,00

Remanente de Tesorería


PARTIDA
INGRESOS INICIALES
MODIFICACIÓN INCREMENTO
INGRESOS FINALES

870000
Remanente de Tesorería para Gastos Generales
120.452,11
25.111,75
145.563,86



120.452,11
25.111,75
145.563,86
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
30 de abril de 2024.- El Presidente, Fdo.: José Luís Alvir Martínez. Documento firmado electrónicamente,
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