BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 57373

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de educación, cultura y turismo durante el ejercicio 2014

Publicado el  2/28/14, BOP número  41

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Cultura y Turismo

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Núm. 57.373



EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL

Cultura y Turismo


BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO DURANTE EL EJERCICIO 2014
La Diputación Provincial de Teruel, en sesión plenaria de 24 de febrero de 2014, aprobó las “Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de Educación, Cultura y Turismo durante el ejercicio 2014”. La Presidencia, por Decreto de 25 de febrero de 2014 ha dispuesto aprobar dicha convocatoria, con sujeción a las siguientes BASES
Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de las subvenciones en materia de educación, cultura y turismo que se indican a continuación, en régimen de concurrencia competitiva, a realizar en la provincia de Teruel en el año 2014.
Esta convocatoria se regirá, además de lo establecido en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el R.D. 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, por el Decreto 347/2002 (Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón) publicado en el BOA nº 139 de 25 de noviembre de 2002; y por las Bases de ejecución del presupuesto de la Corporación para el año 2014.
Los programas para los que puede solicitarse subvención son los siguientes:
1) Programa de actividades culturales de los Ayuntamientos. (Plan provincial de Cultura)
2) Cursos de Formación de Bandas de Música (Plan provincial de Cultura).
3) Festivales supramunicipales.
4) Edición de publicaciones periódicas de carácter cultural.
5) “Circuito de Artes Escénicas y Musicales de Aragón”
6) “Campaña Cultural Teruel”.
7) Subvención Instituciones Feriales.
8) Organización del Encuentro Provincial de Bandas de Música.
9) Escuelas de Música Municipales.
NORMATIVA COMÚN A TODAS LAS SUBVENCIONES

Además de las condiciones particulares de cada una de las convocatorias, todas las solicitudes se ajustarán a la siguiente normativa común:
1.- Compatibilidad.-
Estas subvenciones son compatibles con otras convocadas para fines similares por cualquier Administración o entidad pública o privada.
El beneficiario tendrá la obligación de comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas y deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
2.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel, dentro del Área Temática de Cultura y Turismo (https://236ws.dpteruel.es/tramitar/dpteruel/entidadeslocales/areatematica/107).
En la petición constará la siguiente documentación:
A) Instancia del Alcalde o del Presidente de la Entidad, dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria.
Las solicitudes para cada uno de los programas deberán remitirse de modo independiente y deberá especificarse en cada una la cantidad que se solicita y el presupuesto total de cada actividad.
B) Proyecto-Memoria descriptivo de la actividad a realizar, propuesta del programa o proyecto educativo, cultural o turístico a desarrollar en el presente ejercicio con el desglose presupuestario y una breve descripción de cada actividad incluida en la solicitud y calendario previsto para la realización del mismo. En el caso de las Asociaciones o Entidades deberá estar aprobada por su Junta.
C) Documentación especifica para cada programa cuando ésta se exija.
D) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
E) Declaración responsable de no estar incurso en causa de incapacidad para ser beneficiario de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la ley 38/2003.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, salvo lo dispuesto en la convocatoria específica correspondiente.
Si la solicitud no reuniera los requisitos antes indicados, se requerirá por escrito al solicitante para que subsane los defectos observados en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- Resoluciones de las solicitudes.-
El plazo máximo en el que debe notificarse a los interesados la resolución expresa será de tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, la falta de resolución y notificación producirá efectos desestimatorios.
4.- Forma de justificación.-
Para la justificación de la subvención se deberá remitir a la Diputación Provincial de Teruel la siguiente documentación:
a) Escrito de la remisión de justificación del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, ajustado al modelo del Anexo A.
b) Memoria evaluativa de la actividad subvencionada llevada a cabo, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste.
c) Certificación expedida por el Secretario o, en su caso, Interventor de la Corporación Local que acredite:
- la realización de la actividad concreta subvencionada y que los justificantes aportados corresponden a gastos relacionados directamente con la misma.
- que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de Organismos Públicos o Privados o de otros Servicios de esta Diputación que, junto con la concedida por la Diputación de Teruel, superen el coste total de la actividad, detallando las subvenciones concedidas.
d) Índice numerado de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden. Los justificantes deberán estar igualmente numerados y respetar el orden señalado en el índice. (Anexo B)
e) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente acreditativos del gasto realizado, y su pago.
Los justificantes presentados consistirán en originales o fotocopias compulsadas de los gastos justificativos, expedidos a nombre del beneficiario.
El importe mínimo a justificar será de la cantidad subvencionada por la Diputación Provincial de Teruel.
Se considera gasto realizado el que haya sido objeto de reconocimiento de la obligación en la contabilidad de la entidad, aunque no se haya realizado el pago efectivo, solamente si el beneficiario es un Ayuntamiento, debiendo remitir a la Diputación Provincial el justificante de pago efectivo en el plazo de 2 meses.
f) Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención de la Diputación Provincial de Teruel, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe de cada subvención o ayuda, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
g) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que ya estuvieran en poder de la Diputación Provincial de Teruel, el solicitante, siempre que estén vigentes, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlos.
h) La subvención sólo podrá destinarse a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento del programa (personal, material fungible, desplazamientos u otros semejantes), no siendo considerados como tales los bienes inventariables (inversiones). Tampoco serán objeto de subvención las comidas de hermandad, viajes lúdicos, ni las actividades subvencionadas por otros programas de la Diputación Provincial de Teruel.
Todos los justificantes presentados deberán corresponder a actividades realizadas en el año 2014.
El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el 1 de octubre de 2014, pudiendo presentar hasta el 1 de diciembre la justificación documental de las actividades que hayan tenido lugar con posterioridad a aquélla.
Transcurrido este plazo sin que los documentos requeridos hayan tenido entrada en el Registro de esta Diputación o en cualquiera de las Administraciones a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el beneficiario perderá el derecho a percibir la subvención no justificada.
En caso de aportar justificantes válidos cuyo importe sume una cantidad inferior a la que debe justificar el beneficiario de la subvención, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
5.- Anticipos de pago sobre la subvención concedida y garantías.-
No se concederán anticipos de pago anteriores a la justificación de la subvención, excepto en aquéllas que así se establece.
6.- Obligaciones del beneficiario.-
Son obligaciones del beneficiario:
a) La aceptación de la subvención otorgada y de las condiciones derivadas de su otorgamiento, entendiéndose por aceptada si los beneficiarios no se oponen o la rechazan expresamente en el plazo máximo de diez días contados desde su notificación.
b) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante la Diputación de Teruel, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la misma.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que corresponden a los servicios de Intervención de la Diputación de Teruel y previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas estatal o, en su caso, autonómico.
d) Comunicar a la Diputación de Teruel la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos nacionales o europeos. En este caso deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
e) Facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Teruel, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a las actividades subvencionadas, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización de las actuaciones para las que se ha solicitado subvención, para lo que facilitará el libre acceso a cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de esta función por la Intervención General de la Diputación.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no hallarse incurso en procedimiento de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel.
7.- Modificación y renuncia.-
La alteración de las condiciones requeridas a los beneficiarios que determinaron el otorgamiento de la subvención o la concurrencia de cualquier otro tipo de ayudas sobrevenidas o no declaradas por el beneficiario que, en conjunto o aisladamente, bien superen el coste de la actividad a realizar, bien los límites porcentuales de la subvención tenidos en cuenta para su determinación, darán lugar a que se modifiquen los efectos de su concesión, y, en su caso, al reintegro del importe que corresponda.
Atendiendo a circunstancias debidamente motivadas, podrán aprobarse modificaciones en la titularidad y el concepto de las subvenciones concedidas, previo informe técnico, y su aprobación requerirá resolución expresa.
El beneficiario podrá renunciar a la subvención y quedará liberado del cumplimiento de la carga o finalidad que se halle afectada aquella. La renuncia se formulará por escrito y deberá ser previa al inicio de la actividad subvencionada o a su cobro. Cuando se realice con posterioridad, el beneficiario reintegrará las cantidades percibidas.
8.- Anulación y reintegro.-
1.- Se procederá a la anulación de la subvención y al reintegro de las cantidades percibidas en los siguientes casos:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
b) Incumplimiento del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en las normas reguladoras de la subvención.
d) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, así como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo y plazo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
2.- Cuando el incumplimiento por el beneficiario sea parcial y se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, la cantidad a anular y, en su caso, a reintegrar, será proporcional al incumplimiento.
3.- Cuando el importe de la subvención, aisladamente o en concurrencia con otras, exceda el coste de la actividad subvencionada, procederá la anulación y, en su caso, el reintegro del exceso.
4.- En la tramitación del expediente de anulación, total o parcial, de una subvención se garantizará, en todo caso, el derecho del beneficiario a ser oído y formular cuantas alegaciones estime pertinentes en defensa de su actuación.
5.- El reintegro de cantidades percibidas en concepto de subvención devengará, en todo caso, intereses de demora desde la fecha de su pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser cobradas con arreglo a las prerrogativas y procedimientos establecidos legalmente.
9.- Publicidad.-
La Diputación Provincial de Teruel publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
En las resoluciones en las que ninguna de las subvenciones aprobadas superen el importe de 3.000,00 euros, la publicidad de las mismas se efectuará mediante su inserción en el tablón de edictos de la Diputación.
10.- Impugnación.-
La resolución por la que se aprueban las presentes bases pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya producido desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
1) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LOS AYUNTAMIENTOS (PLAN CULTURAL),
1.- Objeto.-
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades culturales relativas a cursos de formación, semanas culturales, exposiciones, concursos artísticos y edición de publicaciones culturales.:
No serán objeto de subvención: las comidas de hermandad; los viajes lúdicos; el pago de orquestas y actividades musicales correspondientes a las fiestas patronales, romerías, etc.; el abono de facturas de espectáculos ya subvencionados por la Diputación Provincial a través de las Campañas Culturales, el Circuito de Artes Escénicas, Musicales y Plásticas en Aragón, o de cualquier otro programa de difusión; así como las nóminas de personal que forme parte de la propia estructura estable de la entidad, ni gastos de funcionamiento de las entidades locales.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos (y sus entidades culturales dependientes) de la provincia de Teruel que desarrollen su actividad correspondiente en el ámbito territorial de la misma y que organicen actividades culturales municipales.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Del importe total del presupuesto de actividades presentado por las Entidades beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía de las mismas que se hallará sujeto a la subvención de esta Corporación. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a las cantidad máxima de 150.000 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 3340-48005 del presupuesto de la Corporación para 2014, quedando condicionados dichos importes a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos del Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
Se establecerán como criterios para la concesión de estas subvenciones los siguientes:
Serán subvencionables las actividades de formación y difusión cultural siguientes (una por Ayuntamiento) con los importes máximas que se indica, supeditados, en todo caso, a la dotación de la aplicación presupuestaria correspondiente:
- Cursos de formación:
* hasta 4 cursos de formación ……………. hasta 400 € (cada uno de ellos)
- Semana Cultural ………………………..…… hasta 600 €
- Exposición…………………….……………… hasta 300 €
- Concurso artístico……………………….…… hasta 100 €
- Conferencia…………………………………… hasta 100 €
- Edición revista cultural……………………… hasta 150 €
6.- Forma de justificación.-
Se ajustarán a la normativa común.
2) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE CURSOS DE FORMACION DE BANDAS DE MUSICA (PLAN CULTURAL),
1.- Objeto.-
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvención para las actividades de formación y los cursos de materias artísticas propias de las Bandas de Música de la provincia.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria las Bandas de Música que han participado en los encuentros provinciales organizados por la Diputación Provincial de Teruel en años anteriores.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Del importe total del presupuesto de actividades presentado por las Entidades beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía de las mismas que se hallará sujeto a la subvención de esta Corporación. De este importe sujeto a la subvención, la Diputación Provincial de Teruel subvencionará hasta un máximo del 50 %. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a la cantidad máxima de 64.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 3340-48006 del presupuesto de la corporación para 2014, quedando condicionados dichos importes a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos del Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
En ningún caso son subvencionables, además de lo indicado en el objeto de esta convocatoria, la compra de instrumentos musicales, uniformes, trajes, ni las actividades que tengan lugar fuera de la provincia de Teruel.
El importe presupuestado será distribuido de forma igual entre todas las solicitudes presentadas.
6.- Forma de justificación.-
Se ajustarán a la normativa común.
3) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES ARTÍSTICOS SUPRAMUNICIPALES,
1.- Objeto.-
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvención para la organización de festivales artísticos de ámbito supramunicipal.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos (y sus entidades culturales dependientes) de la provincia de Teruel que desarrollen su actividad correspondiente en el ámbito territorial de la misma y que organicen festivales artísticos culturales.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Del importe total del presupuesto de actividades presentado por las Entidades beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía de las mismas que se hallará sujeto a la subvención de esta Corporación. De este importe sujeto a la subvención, la Diputación Provincial de Teruel subvencionará hasta un máximo de 500 €. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a la cantidad máxima de 9.500 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 3340-46201 del presupuesto de la corporación para 2014, quedando condicionados dichos importes a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos del Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
El importe de la subvención será igual para todos los Ayuntamientos solicitantes, hasta un máximo de 500 €.
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común.

4) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA EDICIÓN DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS DE CARÁCTER CULTURAL.
1.- Objeto.-
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones para la edición de publicaciones periódicas de carácter cultural.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia de Teruel (y sus entidades culturales dependientes) que editen publicaciones de difusión cultural, con una periodicidad mínima trimestral, con un número de páginas mínimo de 21, una tirada mínima superior a 500 ejemplares por número editado y una antigüedad superior a 2 años a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Del importe total del presupuesto presentado por los Ayuntamientos beneficiarios, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía que se hallará sujeta a la subvención de esta Corporación. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión de la subvención, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a un máximo de 6.500 €, que se imputarán a la aplicación 3340-48004 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2014, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos del Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión informativa de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación la propuesta de concesión de las mismas.
Se establecerán como criterios para la concesión de estas subvenciones los siguientes:
- Antigüedad: 1 punto por cada 5 años de antigüedad acreditada (máximo 3 puntos)
- Periodicidad: bimestral, 1 punto; mensual, 2 puntos.
- Páginas de la publicación y número de ejemplares editados por tirada:
Nº DE PÁGINAS DE LA PUBLICACIÓN
Nº DE EJEMPLARES EDITADOS POR TIRADA
PUNTOS
Más de 50
Más de 1.000
6
Entre 41 y 50
Más de 1.000
5
Entre 31 y 40
Más de 1.000
4
Entre 31 y 40
Entre 501 y 1.000
3
Entre 21 y 30
Más de 1.000
2
Entre 21 y 30
Entre 501 y 1.000
1
- Coste anual de la publicación:
* Hasta 5.000 €………………. 1 punto
* De 5.001 a 10.000 €……….. 2 puntos
* De 10.001 a 15.000 €……… 3 puntos
* De 15.001 a 20.000 €……… 4 puntos
* De 20.001 a 25.000 €……… 5 puntos
* Más de 25.000 €……………. 6 puntos
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común.
5) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN EL PROGRAMA “CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES DE ARAGÓN”.
1.- OBJETO.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la realización de actuaciones dentro del programa denominado Circuito de Artes Escénicas y Musicales en Aragón que engloba a todos los municipios de la provincia de Teruel (y sus entidades culturales dependientes) no pertenecientes a la Red Aragonesa de Espacios Escénicos (RAEE).
No obstante, podrán solicitar subvención los municipios pertenecientes a la RAEE para núcleos de población agregados o entidades locales menores. En este caso, estas solicitudes se asimilarán y financiarán conforme al grupo C de aportaciones de esta normativa específica.
La publicación de estas bases así como la concesión de subvenciones de acuerdo a las mismas tan solo afecta a la Diputación Provincial de Teruel sin condicionar la participación ni aportaciones presupuestarias de otras instituciones en este programa, si bien podrán adherirse a la presente convocatoria pública al objeto de tramitar sus respectivos procesos administrativos de subvención.
2- REQUISITOS Y MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN Y FINANCIACIÓN SEGÚN NIVELES
El Circuito se estructura en 3 grupos o categorías según el número de habitantes y varían las condiciones de participación en el programa y de financiación por parte de las instituciones participantes.
2.1.- Grupo A: Municipios de más de 3.000 habitantes o cabeceras de Comarca
• Participan los municipios que, no perteneciendo a la RAEE, sobrepasen los 3.000 habitantes o sean cabecera de su Comarca y que mantengan una programación cultural estable a lo largo de todo el año.
• Podrán financiar actuaciones culturales a través del programa hasta un total de 15.000 € totales anuales en cachés, de las actividades del catálogo del Circuito.
• Las actividades seleccionadas serán subvencionadas por parte de la Diputación Provincial y Comarca correspondientes.
• La aportación global por instituciones será: 50% municipio, 25% Diputación, 25% Comarca de las actividades del catálogo del Circuito.
• Estas actuaciones serán elegibles entre todas las disponibles en el Catálogo aragonés del Circuito y de una selección del catálogo nacional e internacional de la RAEE.
• El municipio será el responsable del pago integro de los cachés de actuación a las compañías y grupos actuantes y obtendrá la aportación del resto de instituciones participantes mediante justificación de las actuaciones según la normativa de cada una estas instituciones.
2.2- Grupo B: Municipios de más de 2.000 habitantes
• Participan los municipios que, superando los 2.000 habitantes, no cumplan las características para entrar en el grupo A.
• Podrán financiar actuaciones culturales a través del programa hasta un total de 8.000 € totales anuales en cachés, de las actividades del catálogo del Circuito.
• Las actividades seleccionadas serán financiadas por parte de la Diputación Provincial y Comarca correspondientes.
• La aportación global por instituciones será: 50% municipio, 25% Diputación, 25% Comarca de las actividades del catálogo del Circuito.
• Estas actuaciones serán elegibles entre todas las disponibles en el Catálogo aragonés del Circuito y de una selección del catálogo nacional e internacional de la RAEE.
2.3- Grupo C: Municipios de menos de 2.000 habitantes
• Participan los municipios de hasta 2.000 habitantes, que no cumplan las características para entrar en el grupo A.
1. De 1.501 a 2.000 habitantes: hasta 4.000 €.
2. De 1.001 a 1.500 habitantes: hasta 3.000 €.
3. De 501 a 1.000 habitantes: hasta 2.000 €.
4. De 1 a 500 habitantes: hasta 1.000 €.
• En caso de superarse la financiación global el municipio aportará la diferencia.
• Las actividades seleccionadas serán financiadas por parte de la Diputación Provincial y Comarca correspondientes.
• La aportación global por instituciones será: 50% municipio, 25% Diputación, 25% Comarca.
• El municipio será el responsable del pago integro de los cachés de actuación a las compañías y grupos actuantes y obtendrá la aportación del resto de instituciones participantes mediante justificación de las actuaciones según normativa de cada una de estas instituciones.
• Estas actuaciones serán elegibles entre todas las disponibles en el Catálogo Aragonés de Circuito.
• Para ello presentarán una programación anual unificada, en la que se contemple en planning de las actuaciones previstas.
• Las cantidades anteriores podrán ser superadas en aquellos municipios con especiales características culturales o turísticas, con carácter excepcional y previa autorización de la Diputación Provincial y Comarca correspondientes.
• Los Ayuntamientos solicitarán la programación anual conforme anexo normalizado en Catálogo, en el que indicarán las actividades para la fecha que consideren más adecuada.
• El Ayuntamiento será quien se encargue de la contratación por lo que reservará la fecha con el grupo provisionalmente, posteriormente solicitará la actuación a la Diputación Provincial de Teruel.
• En lo referente a la campaña de cine al aire libre, sólo podrán solicitarse actuaciones para los meses de julio, agosto y septiembre, y de acuerdo al calendario que se establezca.
• Podrán solicitar una actividad del apartado de cine y audiovisuales por Ayuntamiento y otra por núcleo agregado.
• Cada ayuntamiento podrá solicitar una actividad de música o teatro, incluidas en los catálogos, por cada uno de sus núcleos agregados con un tope de caché de 1.000 €.
• Los ingresos por taquilla de estas actividades realizadas en el marco de Circuito irán destinados al pago, por parte de los respectivos Ayuntamientos, de los gastos generados por la misma (equipos técnicos, SGAE, etc.).
• En el lugar y la fecha en que se lleve a cabo la actividad programada, deberá estar presente un representante del Ayuntamiento para recibir al grupo y facilitarle el montaje, así como un electricista y el personal necesario que hubiese solicitado el grupo.
• Una vez finalizada la actividad, el Ayuntamiento deberá abonar al representante del grupo que se acredite como tal el importe integro del cachet.
• Los Ayuntamientos y las compañías participantes informarán sobre las incidencias acaecidas y el cumplimiento de la normativa reguladora.
• Según la legislación vigente, es preceptivo abonar a la Sociedad General de Autores y Editores a requerimiento de su Delegado Territorial, por la parte contratante (Ayuntamientos), una cantidad variable según los casos en concepto de derechos de autor.
• Cada Ayuntamiento atenderá con cargo a sus presupuestos la promoción y publicidad de las actividades programadas en las que deberá figurar el logotipo del Circuito de Artes Escénicas y Musicales en Aragón y que podrá obtenerse en la web www.escenaragon.es.
3- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4- Cuantía de la subvención.-
La Diputación Provincial de Teruel aportará al presente programa un máximo de 50.000 €, cuyo importe se imputará a la aplicación presupuestaria 3340-46207.
5- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por el Servicio de Cultura y Turismo que emitirá una propuesta técnica para la concesión de las subvenciones. Esta propuesta será elevada a la Comisión Informativa de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y elevará a la Presidencia de la Corporación la propuesta de concesión de las mismas.
La concesión de estas subvenciones se regirá por el criterio de garantizar la concesión de subvenciones para la realización del mismo número de actuaciones de similar categoría a todos los municipios incluidos en el mismo nivel hasta, si fuera el caso, agotar la disponibilidad presupuestaria, a tal efecto, si la suma de los importes solicitados es superior al de la dotación presupuestaria, este importe se prorrateará entre los beneficiarios en proporción a los presupuestos de la programación anual aceptada, siempre que no se alteren las condiciones, objeto y finalidad de la subvención.
6.- Forma de Justificación.
Se ajustará a la normativa común.
La documentación correspondiente a las actuaciones que tengan lugar durante los meses de noviembre y diciembre deberá tener entrada en el Registro General de la Diputación Provincial de Teruel 5 días después de su celebración, y nunca más tarde del 1 de diciembre.
6) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN EL PROGRAMA “CAMPAÑA CULTURAL TERUEL”.
1.- Objeto.-
El objeto de las presentes bases es la concesión de ayudas para la realización de actuaciones dentro del programa denominado “Campaña Cultural Teruel”, que engloba actuaciones de grupos artísticos diversos de la provincia de Teruel.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia de Teruel ( y sus entidades culturales dependientes) que desarrollen actividades culturales incluidas en el catálogo de la Campaña Cultural Teruel 2014 ofertadas por medio de la Web www.dpteruel.es.
La publicación de estas bases así como la concesión de subvenciones de acuerdo a las mismas tan solo afecta a la Diputación Provincial de Teruel sin condicionar la participación ni aportaciones presupuestarias de otras instituciones en este programa, si bien podrán adherirse a la presente convocatoria pública al objeto de tramitar sus respectivos procesos administrativos de subvención.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Todos los Ayuntamientos podrán solicitar hasta 2 actividades del catálogo de la “Campaña Cultural Teruel”, las cuales serán financiadas entre el Ayuntamiento, la Diputación Provincial de Teruel y la respectiva Comarca, según las cantidades indicadas en el catálogo correspondiente y el “listado de cachets grupos”, los cuales serán facilitados a todos los consistorios a través de la página web www.dpteruel.es, el cual forma parte integrante de la presente convocatoria
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a un máximo de 50.000 €, que se imputarán a la aplicación 3340-46208 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2014, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por el Servicio de Cultura y Turismo que emitirá una propuesta técnica para la concesión de las subvenciones, tanto las de la propia Diputación Provincial de Teruel, como las que correspondería a las respectivas Comarcas, a las que notificará sus importes para su tramitación y aprobación correspondiente, en su caso. Esta propuesta será elevada a la Comisión Informativa de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
La concesión de estas subvenciones se regirá por el criterio de garantizar la concesión de subvenciones para la realización del mismo número de actuaciones de similar categoría a todos los municipios incluidos en el mismo nivel hasta, si fuera el caso, agotar la disponibilidad presupuestaria, a tal efecto, si la suma de los importes solicitados es superior al de la dotación presupuestaria, este importe se prorrateará entre los beneficiarios en proporción a los presupuestos de la programación anual aceptada, siempre que no se alteren las condiciones, objeto y finalidad de la subvención.
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común.
7) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS INSTITUCIONES FERIALES DE LA PROVINCIA.
1.- Objeto.-
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones finalistas destinadas a fomentar la realización de certámenes feriales y actividades de promoción de la economía, el turismo, la agroalimentación y otros aspectos de difusión de la provincia de Teruel.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria las instituciones feriales de la provincia de Teruel.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención.-
Del importe total del presupuesto presentado por las instituciones feriales beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá el importe de las mismas que se hallará sujeto a la subvención de esta Corporación. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión de la subvención, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a un máximo de 45.000 €, que se imputarán a la aplicación 4330-48000 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2014, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos del Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
Las subvenciones que se concedan por la Diputación Provincial de Teruel se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, según los siguientes criterios:
a) Según la duración de cada certamen o feria: 1 punto por cada día de duración, con un máximo de 3.
b) Según el ámbito:
- De carácter provincial o regional: 1 punto.
- De carácter nacional o internacional: 2 puntos.
c) Según presencia de expositores de productos o servicios:
- De 10 a 30 expositores: 1 puntos.
- De 31 a 50 expositores: 2 puntos.
- Más de 50 expositores: 3 puntos.
d) Según presupuesto de ejecución:
- Inferior a 50.000 €: 1 punto.
- De 50.001 a 100.000 €: 2 puntos
- Más de 100.000 €: 3 puntos.
e) Realización de activiades paralelas, concursos y/o jornadas técnicas: 1 punto.
El presupuesto total consignado será distribuido entre las instituciones feriales concurrentes en función de la puntuación obtenida.
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común.
7.- Anticipos de pago sobre la subvención concedida.-
La Diputación Provincial de Teruel procederá al pago anticipado parcial de la subvención aprobada para el ejercicio 2014, cuyo importe será el 50% de la cuantía aprobada para el mismo, previa solicitud de los beneficiarios.
8) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DEL ENCUENTRO PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA.
1.- Objeto.-
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la organización del Encuentro provincial de Bandas de Música de la provincia de Teruel, en el año 2014.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria las Bandas de Música de la provincia de Teruel que sean sede de alguna de las fases organizativas del XXXI Encuentro provincial de Bandas de Música y hayan participado en las ediciones precedentes del mismo.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención
Del importe total del presupuesto de actividades beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía de las mismas que se hallará sujeto a la subvención de la Diputación Provincial de Teruel. En caso de justificar una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión, el importe que abonará ésta se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia.
El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a las cantidad máxima de 18.000 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 3340-48007 del presupuesto de la Corporación para 2014, quedando condicionados dichos importes a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención y criterios de concesión.
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por el Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
La subvención de la Diputación Provincial de Teruel a cada entidad beneficiaria que sea sede de alguna de las fases organizativas del XXXI Encuentro provincial de Bandas de Música será de hasta 750 € por Banda de la provincia que participe en el mismo, incrementándose en la misma cantidad para aquellas sedes en que asistan las asociaciones que precisen dos autobuses para su desplazamiento, dado el número de sus integrantes (Banda Comarcal San Antón y Banda Santa Cecilia de Teruel)
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común, excepto en lo concerniente al importe mínimo a justificar, que deberá ser superior a la cantidad subvencionada por la Diputación Provincial de Teruel.
7.- Anticipos del pago de la subvención concedida.-
La Diputación Provincial de Teruel procederá al pago anticipado parcial de la subvención aprobada para el ejercicio 2014, cuyo importe será el 50 % de la cuantía aprobada para el mismo, previa solicitud de los beneficiarios.
9) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE TERUEL QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ESCUELAS DE MÚSICA MUNICIPALES.
1.- Objeto.-
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para las Entidades Locales de la provincia de Teruel que desarrollen actividades de formación musical a través de una Escuela Municipal de Música en el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva.
2.- Requisitos de los beneficiarios.-
Podrán acogerse a la presente convocatoria las Entidades Locales (y sus entidades culturales dependientes) de la provincia de Teruel que sean titulares de una Escuela Municipal de Música cuya actividad esté encaminada a ofrecer una formación práctica en música dirigida a aficionados de cualquier edad, sin que los estudios que se impartan conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional, y cuya gestión se lleve a cabo total o parcialmente de forma directa o indirecta.
Dichas Escuelas deberán estar inscritas en el Registro de Centros establecido en el artículo 11 del Decreto 183/2002, del Gobierno de Aragón.
3.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-
Se ajustarán a la normativa común.
4.- Cuantía de la subvención
Del importe total del presupuesto presentado por las entidades beneficiarias, la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social propondrá la cuantía que se hallará sujeta a la subvención de esta Corporación. En caso de justificarse una cantidad inferior a la establecida en el Decreto de concesión de la subvención, el importe que abonará la Diputación de Teruel se establecerá mediante la aplicación de fórmulas matemáticas de equivalencia. El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a un máximo de 45.000 €, que se aplicarán a la partida 3340-46215 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2014, quedando condicionado dicho importe a la existencia de crédito suficiente en la misma.
5.- Forma de conceder la subvención y criterios de concesión.-
Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por el Servicio de Cultura y Turismo. Una vez informadas, la propuesta técnica pasará a la Comisión de Cultura, Turismo y Bienestar Social quien, en el uso de sus competencias, dictaminará la propuesta de concesión de subvenciones y la elevará a la Presidencia de la Corporación para su resolución.
Se establecen los siguientes criterios para la ponderación de los proyectos-memoria, referidos al curso 2012/2013:
- Número de matriculas: por cada 25 alumnos o fracción, 1 punto.
- Número de profesores: por cada profesor contratado, 1 punto.
- Presupuesto – aportación municipal: por cada 10.000 euros o fracción, 1 punto.
6.- Forma de justificación.-
Se ajustará a la normativa común.
En el supuesto de que el beneficiario de la subvención preste el servicio por medio de modalidades de subcontratación deberá acreditar dicha modalidad, duración y financiación de la misma, así como la inexistencia de sobrefinanciación de la entidad subcontratada, que no deberá tener ánimo de lucro y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones y su Reglamento.
Teruel, a 24 de febrero de 2014. La Presidenta, Carmen Pobo Sánchez.- El Secretario General Acctal., Miguel Ángel Abad Meléndez.
ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ACTIVIDADES CULTURALES AYUNTAMIENTOS (PLAN CULTURAL)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención” (adjuntar Proyecto-Memoria en documento aparte, si procede).





Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):

Declaración Responsable:

|_| El Ayuntamiento solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| El Ayuntamiento solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ACTIVIDADES CULTURALES BANDAS DE MÚSICA
(PLAN CULTURAL)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención” (adjuntar Proyecto-Memoria en documento aparte, si procede).





Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):

Declaración Responsable:

|_| El Ayuntamiento solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| El Ayuntamiento solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)
ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO III
MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE FESTIVALES ARTÍSTICOS SUPRAMUNICIPALES.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención” (adjuntar Proyecto-Memoria en documento aparte, si procede).










Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO IV

MODELO SOLICITUD EDICIÓN PUBLICACIONES PERIÓDICAS MUNICIPALES DE CARÁCTER CULTURAL.

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención”.










Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):

Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO V
MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
“CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES DE ARAGÓN”.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
AYUNTAMIENTO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE GRUPOS / COMPAÑIAS SOLICITADOS
Grupo/Compañía
Espectáculo
Fecha
Total Cachet
















Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):
A este Anexo se unirán también cumplimentados los modelos de solicitud que figuran en el catálogo del “Circuito de Artes Escénicas y Musicales en Aragón”. (www.dpteruel.es / Departamentos / Listado de documentos y www.escenaragon.es
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación del ayuntamiento solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que cumple con todos los requisitos para ser beneficiaria de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)
ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO VI
MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN “CAMPAÑA CULTURAL GRUPOS TERUEL”.

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
AYUNTAMIENTO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE GRUPOS / COMPAÑIAS SOLICITADOS
Grupo/Compañía
Espectáculo
Fecha
Total Cachet








Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):
A este Anexo se unirán también cumplimentados los modelos de solicitud que figuran en el catálogo de la Campaña Cultural Teruel: www.dpteruel.es / departamentos / listado de documentos
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación del ayuntamiento solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que cumple con todos los requisitos para ser beneficiaria de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.


En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO VII

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCION ACTIVIDADES INSTITUCIONES FERIALES
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio/Provincia:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
DATOS IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE (Cuando el solicitante sea entidad distinta de Ayuntamiento)
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:
Dirección:
Municipio:
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
- Fotocopia del CIF del beneficiario.
- Fotocopia de los Estatutos de la Institución
- Proyecto-Memoria explicativa, presupuesto detallado, financiación de la actividad, duración, lugar de desarrollo, período, etc., con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención”(Adjuntar en documento aparte, si procede).


Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):
- Para proceder al anticipo del 50% de la subvención (Base 7ª) es necesario remitir:- solicitud al respecto y - acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)
ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO VIII

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DEL XXX
ENCUENTRO PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA



DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención” (adjuntar Proyecto-Memoria en documento aparte, si procede).




Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):

- Para proceder al anticipo del 50 % de la subvención (Base 7ª) es necesario remitir solicitud al respecto y acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
|_| La entidad solicitante declara que las actividades han sido aprobadas por su órgano correspondiente.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)
ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.
ANEXO IX

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LAS ESCUELAS DE MUSICA MUNICIPALES

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Importe solicitado:
Importe presupuesto:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención” (adjuntar Proyecto-Memoria en documento aparte, si procede).






Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada
Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos):
Declaración Responsable:

|_| La entidad solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
|_| La entidad solicitante autoriza a la Diputación Provincial de Teruel a obtener ambos certificados de las
correspondientes administraciones.
|_| La entidad solicitante declara que las actividades han sido aprobadas por su órgano correspondiente.
Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Teruel, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.

ANEXO A – JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
SERVICIO GESTOR: CULTURA Y TURISMO
Finalidad de la subvención:
Acuerdo/Decreto de Concesión por DPT:
Importe concedido:
Importe justificado:
Convocatoria:
Nº BOP:
Fecha BOP:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
NOMBRE DEL BENEFICIARIO:
CIF:
Dirección:
Municipio/Provincia:
Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): ____/____/__/__________
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
Índice de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención (según anexo B adjunto).
Fotocopia compulsada de justificantes de los gastos y su pago.
Certificados Secretario/responsable legal de la Entidad beneficiaria
(Señálese lo que proceda)
o Certificados acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, los cuales se adjuntan.
o Declaro que ambos certificados (vigentes) ya están en poder de la DPT, los cuales han sido presentados para la obtención de la subvención correspondiente al programa_______________________________.
o Autorizo a la DPT para la obtención de ambos certificados en las correspondientes administraciones.
o Declaro bajo mi responsabilidad que la Entidad a la que represento se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

Otra documentación (relacionarla):
- Memoria evaluadora de la actividad subvencionada llevada a cabo y detalle de su coste total y financiación, con especial referencia a la acreditación de los aspectos establecidos en el apartado “forma de conceder la subvención”.
(en documento aparte).

Observaciones:

En ____________, a ____ de ____________________ 2014
(Firma y sello)



ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.

ANEXO B – INDICE NUMERADO JUSTIFICANTES SUBVENCIÓN

BENEFICIARIO: ______________________________________________________________

FINALIDAD SUBVENCIÓN: _____________________________________________________

DECRETO CONCESIÓN: _______________________________________________________


ORDEN
DESCRIPCIÓN GASTO
PROVEEDOR
FECHA Y Nº FACTURA
BASE
IMPONIBLE
IVA
IRPF
TOTAL
INTEGRO
FECHA
PAGO



























































































TOTAL JUSTIFICADO






Don_________________________________________, (cargo)_________________________________

CERTIFICO/DECLARO:

1) Que se ha realizado la actividad.
2) Que los fondos han sido aplicados a la finalidad subvencionada.
3) Que los justificantes aportados corresponden a gastos relacionados con la actividad subvencionada.
__ __
4) Que |__| SI |__| NO (señalar lo que corresponda) se han obtenido otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Diputación Provincial de Teruel, no superan el coste total de la actividad.

En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas obtenidas, debiendo superar el importe total de los gastos arriba relacionados el de todas las subvenciones obtenidas.

…………………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………….
__ __
5) Que |__| SI |__| NO (señalar lo que corresponda) ha sido compensado el IVA soportado de los justificantes de gasto relacionados con el IVA repercutido por la entidad.

6) Que la documentación arriba relacionada NO será presentada a ninguna otra administración pública para justificar otra posible subvención, en el importe total correspondiente a la subvención otorgada por la Diputación Provincial de Teruel

En _______________ a ___ de ______________ de 2014
(Firma y sello)
Fdo.: ______________________
(cargo que ostenta)
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