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Anuncio # 2025-3089

Convenio colaboración entre Excma. Diputación Provincial de Teruel y Asociación Ganaderos de Vacuno del Maestrazgo (GAVAMAES), mejora rentabilidad vacuno a través de la fertilidad, 2025.

Publicado el  10/2/25, BOP número  187

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

Departamento:
Excma. Diputación Provincial de Teruel

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DECRETO DE PRESIDENCIA DE LA DPT NÚMERO 2025-3751, DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2025. POR EL QUE SE APRUEBA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL Y LA ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE VACUNO DEL MAESTRAZGO (GAVAMAES) PARA LA MEJORA DE LA RENTABILIDAD DEL VACUNO A TRAVÉS DE LA FERTILIDAD 2025.

PRIMERO.- Aprobar el convenio entre la Excma. Diputación provincial de Teruel y la asociación de ganaderos de vacuno del maestrazgo (GAVAMAES) para la mejora de la rentabilidad del vacuno a través de la fertilidad.

SEGUNDO.- Aprobar la cantidad de 15.000,00 euros con cargo a la Partida Presupuestaria 2025-4120-48010, para hacer frente al pago del citado Convenio.

TERCERO.- Dar traslado de la presente Resolución al Servicio Agropecuario , la intervención General y la asociación de ganaderos de vacuno del maestrazgo (GAVAMAES).

CUARTO.- Señalar que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Teruel en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación, previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Así lo manda y firma el Sr. Presidente de la Diputación Provincial, en Teruel, a fecha de firma electrónica, señalando que la suscripción de la presente resolución parte del funcionario firmante, se realiza, exclusivamente, a los efectos de garantizar la autenticidad e integridad de la misma.

Teruel, a 29 de septiembre de 2025.- El Presidente, D. Joaquín Pascual Juste Sanz; el Secretario General Accidental, D. Alberto Diego Pérez Fortea. Documento firmado electrónicamente.
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