Extracto del Decreto de 10 de abril de 2026 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Bordón por el que se convocan subvenciones para el funcionamiento de asociaciones locales para el ejercicio 2026
BDNS(Identif.):898086
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/898086)
Extracto del Decreto de 10 de abril de 2026 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Bordón por el que se convocan subvenciones para el funcionamiento de asociaciones locales para el ejercicio 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Beneficiarios: Asociaciones locales registradas en el municipio de Bordón que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza reguladora de ayudas para el funcionamiento de asociaciones locales del Ayuntamiento de Bordón, aprobada por el Pleno en fecha 7 de noviembre de 2025.
Objeto: Financiación de los gastos de funcionamiento de las asociaciones locales del municipio de Bordón.
Bases reguladoras: Ordenanza reguladora de ayudas para el funcionamiento de asociaciones locales del Ayuntamiento de Bordón, aprobada por el Pleno el 7 de noviembre de 2025.
Cuantía: 4.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P.
Presenntación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Bordón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes deberán formalizarse conforme al modelo establecido en la Ordenanza reguladora y acompañarse de la documentación exigida en la misma.
Bordón, a 10 de abril de 2026.- El Alcalde D.Álvaro Jarque Cardona.- Documento firmado electrónicamente.