BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0206

Padrón de Tasas correspondiente al Servicio CUIDÁNDONOS de diciembre 2025

Publicado el  1/27/26, BOP número  17

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Bajo Aragón

Departamento:
Comarca del Bajo Aragón

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La Presidencia de este Consejo Comarcal ha dictado con fecha doce de enero de 2026 el Decreto nº 9/2026, que es del siguiente tenor literal:

“Visto el Padrón de Tasas correspondiente al Servicio CUIDÁNDONOS de diciembre 2025, enmarcado dentro del Convenio con el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón a través del IAM, basado en la necesidad de conciliación de las familias con especial atención a los colectivos en situación de especial vulnerabilidad Modalidad Individual.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 30.1.i) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en relación con el art. 51.1 del Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, HE RESUELTO:

Primero.- Aprobar el Padrón de Tasas correspondiente al Servicio CUIDÁNDONOS de diciembre 2025, enmarcado dentro del Convenio con el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón a través del IAM, basado en la necesidad de conciliación de las familias con especial atención a los colectivos en situación de especial vulnerabilidad Modalidad Individual, por un importe total de 0,00€

Segundo.- Notificar de forma colectiva las liquidaciones y el anuncio de la cobranza en voluntaria del tributo anterior por los medios habituales y señaladamente a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Entidad.

Tercero.- Exponer el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este al público en las dependencias de la Entidad, así como en su sede electrónica durante el plazo de 20 días hábiles.

Cuarto.- De no presentar reclamación alguna en el período de exposición al público, la resolución adoptada se elevará a definitiva.”

Alcañiz, a fecha de firma electrónica.
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