BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3834

Bases y convocatoria pública: concesión ayudas para creación de empleo, pequeño comercio de Alcañiz; BDNS(Identif.): 870002.

Publicado el  11/25/25, BOP número  224

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcañiz

Departamento:
Ayto. de Alcañiz

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Bases reguladoras y convocatoria pública para la concesión de ayudas a la creación de empleo en el ámbito del pequeño comercio de Alcañiz; BDNS(Identif.): 870002.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/870002)

Extracto Convocatoria pública para la concesión de ayudas a la creación de empleo en el ámbito del pequeño comercio de Alcañiz.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio

PRIMERO. Beneficiarios:
Aquellos establecimientos comerciales cuya actividad principal corresponda a alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.

SEGUNDO. Objeto:
Apoyar al sector comercial minorista de Alcañiz a través de subvenciones por la creación de empleo.

TERCERO. Bases reguladoras:
La convocatoria de estas subvenciones ha sido aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 20 de noviembre de 2025.

CUARTO. Cuantía:
El presupuesto disponible para la presente convocatoria asciende a veinte mil euros (20.000€).
Subvención de hasta 2.000 € por trabajador contratado o autónomo que ha iniciado la actividad a partir del 1 de enero de 2024.
Subvención de hasta 1.500 € por trabajadores contratados por empresas o autónomos que hayan iniciado la actividad con anterioridad al 1 de enero de 2024.

QUINTO. Plazo de presentación:
La presentación de la solicitud, con la correspondiente documentación, que además incluye la solicitud y justificación de una sola vez, podrá hacerse en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.


Alcañiz, a 20 de noviembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, D. Miguel Ángel Estevan Serrano. Documento firmado electrónicamente.
Subir