BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-4326

Aprobación definitiva Modificación de créditos n. º 5/2025.

Publicado el  12/26/25, BOP número  244

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Fuentes de Rubielos

Departamento:
Ayto. de Fuentes de Rubielos

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Acuerdo del Pleno de fecha 28 de noviembre de 2025 del Ayuntamiento de Fuentes de Rubielos por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 5/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo a nuevos y mayores ingresos. Plan de concertación económica DPT.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria de crédito extraordinario financiado con cargo a nuevos y mayores ingresos. Plan de concertación económica DPT 2025 lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito Extraordinario
Créditos finales
Progr.
Económica
920
213.01
Mejora de sendero local
0
12850,18 €
12850,18 €
920
633.54
Adquisición inmueble
0
8712,50 €
8712,50 €
920
633.53
Adquisición vehículo municipal
0
18.148,79 €
18.148,79 €
TOTAL
0
39711,47 €
39711,47 €

2. º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo a nuevos y mayores ingresos, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación: económica
Descripción
Subvención

45002
Programa de ayudas a Ayuntamientos de la Provincia de Teruel para adquisición de viviendas de titularidad municipal con fines sociales 2025.
6098,75 €
76102
FITE Instalaciones deportivas DGA “Mejora de senderos locales”
10280,14 €
45003
Plan de Concertación Económica DPT adquisición vehículo y resto
23332,58 €

TOTAL INGRESOS
39711,47 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Fuentes de Rubielos, a fecha de firma electrónica.
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