BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0456

Modificación Nº 6 de las Normas Subsidiarias Municipales de Calaceite.

Publicado el  2/18/25, BOP número  33

Datos del Anunciante

Sección:
Organismos oficiales

Órgano Emisor:
Departamento de fomento, vivienda, movilidad y

Departamento:
Departamento de fomento, vivienda, movilidad y logística

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MODIFICACIÓN Nº 6 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DE CALACEITE.

El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2024, y en relación a este expediente, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

“ PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN Nº 6 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DE CALACEITE, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.2 b) del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, y art. 15.1 del Decreto 129/2014, de 29 de Julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo, condicionada a la subsanación de los reparos documentales formulados anteriormente.

SEGUNDO.- Suspender la publicación del contenido normativo de la modificación hasta que sean subsanados todos los reparos advertidos conforme a lo dispuesto en el art. 18.2 del Decreto 129/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo.

TERCERO.- Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de CALACEITE con ofrecimiento de los recursos procedentes, y al equipo redactor para su conocimiento y efectos.”

Con fecha 6 de febrero de 2025 se presenta documentación que subsana los reparos señalados en el acuerdo anteriormente reseñado.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón procediéndose a la publicación del contenido normativo aprobado definitivamente.

2.1.6. TIPOLOGÍA EDIFICATORIA “INDUSTRIAL D”
PARCELA MÍNIMA
2000 m²
EDIFICABILIDAD MÁXIMA
0,6 m²/m²
NÚM , MÁX. DE PLANTAS / ALTURA MÁX.
Una planta, admitiéndose dentro del volumen unitario definido la colocación de altillos, sin que su ubicación distorsione la composición arquitectónica de la envolvente definida. Estos altillos no computarán a efectos de edificabilidad.
Altura reguladora máxima: 12 metros
SEPARACIÓN A LINDEROS
No se exige separación a vial. Se deberá respetar una separación de 5 metros a lindes laterales. En parcelas colindantes de la misma propiedad podrá suprimirse la separación a linderos entre las mismas.
Las instalaciones necesarias para el funcionamiento de la edificación se situarán en planta cubierta o en los patios libres de edificación en aquellos edificios industriales que los tuvieran.
Para cualquier implantación de estas instalaciones en relación al edificio o a las vallas de cierre de los patios deberán de preverse soluciones integradas en la composición de fachadas o vallas con el fin de minimizar el impacto visual de las mismas y de sus canalizaciones.
USOS
Permitido el uso industrial, que corresponde a los establecimientos dedicados al conjunto de operaciones que se ejecutan para la obtención y transformación de materias primas, así como su preparación para posteriores transformaciones, incluso el envasado, almacenaje, transporte y distribución, así como el desarrollo y producción de sistemas informáticos, audiovisuales y otros similares, independientemente de cuál sea su tecnología. Se permiten actividades no específicamente industriales, como almacenes, laboratorios, centros informáticos, hipermercados, así como la venta y distribución de los productos correspondientes.
Se permiten industrias relacionadas con la agricultura como cooperativas, molinos…
ACTIVIDADES POR PARCELA
Máximo de una actividad por parcela
APARCAMIENTOS
Se reservarán 3 plazas de aparcamiento en el interior de la parcela industrial por cada 1000 m² de suelo

Teruel, a 12 de febrero de 2025. El Secretario del Consejo Provincial de Teruel. D. Rafael Blasco Rozas. Documento firmado electrónicamente.
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