BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1405

Aprobación definitiva expediente de arrendamiento de bien patrimonial, vivienda C/ Escuelas, n.º 2.

Publicado el  5/22/25, BOP número  94

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Monreal del Campo

Departamento:
Ayto. de Monreal del Campo

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Resolución de Alcaldía de fecha 30 de abril de 2025 del Ayuntamiento de Monreal del Campo por la que se aprueba definitivamente expediente de arrendamiento, por concurso, de bien patrimonial.

Visto que este Ayuntamiento es propietario del siguiente bien inmueble de carácter patrimonial: Vivienda sita en C/ Escuelas nº 2 (nº 4 según catastro), referencia catastral 8767204XL3186H0001HJ, con una superficie construida de 82,00 m2 de la que resultan 61,50 m2 útiles, distribuidos en dos plantas. La vivienda cuenta básicamente con salón-comedor, cocina equipada y un aseo en planta baja y tres habitaciones y un baño en planta primera; hay también un patio de 31,42 m2. La cocina dispone de encimera, placa vitrocerámica, horno eléctrico, fregadero de acero inoxidable de una cubeta, campana extractora, lavadora de carga frontal para 5 kilos, frigorífico, caldera para calefacción de gasoil.
Visto que por Resolución de la Alcaldía se consideró necesario su arrendamiento para fijar población estableciendo para su adjudicación unos determinados requisitos, y con el compromiso de destinarlo a vivienda habitual y permanente.
Visto que se inició el expediente y se ha realizado la tramitación establecida en la normativa aplicable, que ha quedado plasmada mediante la incorporación de la siguiente documentación:

Documento
Fecha/N.º
Observaciones
Providencia de Alcaldía
12-09-2024

Informe Jurídico
12-09-2024

Informe técnico Valoración vivienda arrendamiento
12-09-2024

Certificado del Inventario de Bienes
12-09-2024

Resolución de Alcaldía inicio expediente
13-09-2024

Dictamen favorable Comisión informativa
22-01-2025

Pliego de Condiciones
19-02-2025

Resolución de Alcaldía aprobación expediente
19-02-2025

BOP nº 45, concurso arrendamiento vivienda
06-03-2025

Certificado de Secretaría de las Ofertas Presentadas
25-03-2025

Acta 1ª apertura sobres
27-03-2025

Requerimiento y subsanación
03-04- y 08-04-2025

Informe de valoración técnica
24-04-2025

Acta 2ª tras valoración técnica y Propuesta Adjudicación
24-04-2025

Resolución de Alcaldía clasificación ofertas y requerimiento
28-04-2025

Requerimiento al licitador
29-04-2025

Presentación de documentación por el licitador propuesto
29-04-2025

Visto que la competencia para la tramitación de este expediente y su aprobación corresponde a la Alcaldía en virtud de lo dispuesto en los apartados 9 y 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, RESUELVO
PRIMERO. Adjudicar el contrato de arrendamiento del bien inmueble descrito en los antecedentes en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares a D. Alejandro Arpa Paricio que ha obtenido 21 puntos.
El precio del arrendamiento queda fijado en 335 euros mensuales, que el arrendatario deberá ingresar al Ayuntamiento dentro de los siete primeros días naturales del mes que corresponda (mensualidad adelantada) mediante transferencia bancaria a la cuenta que s ele indicará en el contrato.
No se incluyen en esta renta el coste y obligaciones de suministros de agua, gas, gasoil, electricidad, telefonía, internet, basura..., que deberán ser abonados aparte y deberá realizar el adjudicatario.
Los requisitos de participación que se señalan en la cláusula 2ª del pliego, así como las condiciones que ha ofertado el adjudicatario deberán cumplirse mientras el contrato de arrendamiento continúe en vigor, y en caso de que deje de cumplirse alguno de ellos de forma injustificada, se procederá a la resolución del contrato.

SEGUNDO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.
TERCERO. Notificar a D. Alejandro Arpa Paricio, adjudicatario del contrato, la presente Resolución y citarle para la firma del contrato de arrendamiento.
CUARTO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en la sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de su general conocimiento.

Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Teruel en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Monreal ,del Campo, a 2 de mayo de 2025.- El Alcalde, D. Mario Latorre Ros. Documento firmado electrónicamente.
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