BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0643

Modificación Ordenanza n.º 24 reguladora utilización temporal o esporádico edificios, locales e instalaciones municipales en recinto Virgen de los Navarros.

Publicado el  3/4/25, BOP número  43

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Fuentes Claras

Departamento:
Ayto. de Fuentes Claras

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobado en fecha 27 de septiembre de 2024 del Ayuntamiento de Fuentes Claras sobre la modificación de la ORDENANZA Nº 24 REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN TEMPORAL O ESPORÁDICA DE EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES SITUADOS EN RECINTO DE LA VIRGEN DE LOS NAVARROS, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Artículo 10 Fianza.
En el caso de que el Ayuntamiento de su conformidad para el uso, el solicitante deberá depositar en el Ayuntamiento una fianza de 100 € para responder en el caso de producirse desperfectos, roturas o menoscabos del mobiliario. La fianza responderá del cumplimiento de las obligaciones de buen uso y restitución de los edificios, locales e instalaciones cedidos. También responderá del pago de las sanciones que puedan imponerse en virtud de la aplicación de la presente Ordenanza.
En el caso de que se hayan producido daños en los bienes que superen la cuantía de la fianza señalada, esto es 100 €, el solicitante pagará el importe que reste desde la fianza hasta el total de los gastos originados por los desperfectos causados.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Fuentes Claras, a fecha de firma electrónica.
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