BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º 12/2024 del Presupuesto en vigor (Crédito extraordinario)

Publicado el  11/7/24, BOP número  215

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de la Sierra de Albarracín

Departamento:
Comarca de la Sierra de Albarracín

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APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del consejo comarcal de fecha 26 de septiembre de 2024 mediante el cual se aprueba expediente de modificación de créditos n.º 12/2024 del Presupuesto en vigor (Crédito extraordinario) , con el detalle que a continuación se establece:
Aumento de Gastos
Aumento de Gastos
Modificación
Org.
Prog.
Eco.
Vinc.
Denominación
Importe
Crédito
Extraordinario

9200
62400
9.6
Elementos de transporte
90.000,00
Crédito
Extraordinario

9200
62300
9.6
Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje
673,97
Crédito
Extraordinario

4320
64000

Gastos en inversiones de carácter inmaterial
3.250,00




Total Aumento
93.923,97
2º. Financiación
Esta modificación se financia con cargo a:
Aumento de Ingresos
Modificación
Org.
Eco.
Denominación
Importe
Aumento Previsiones Iniciales

87000
Para gastos generales
93.923,97



Total Aumento
93.923,97
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Documento firmado electrónicamente.
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