BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0886

Aprobar  la modificación presupuestaria 2026/MOD/005, en su modalidad de créditos extraordinarios.

Publicado el  3/26/26, BOP número  59

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Andorra-Sierra de Arcos

Departamento:
Comarca Andorra-Sierra de Arcos

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Acuerdo del Consejo Comarcal, de fecha 19 de febrero de 2026, de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, por el que se aprueba definitivamente la modificación presupuestaria 2026/MOD/005, en su modalidad de créditos extraordinarios.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente núm. 206/2026, de modificación de créditos n.º 2026/MOD/005, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiados mediante bajas de aplicaciones del estado de gastos del presupuesto corriente, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

El Presupuesto de Gastos ha sido aumentado de la siguiente forma:

Aumentos de Gastos
Capítulo
Denominación
Importe
1
GASTOS DE PERSONAL
0,00
2
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
0,00
3
GASTOS FINANCIEROS
0,00
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
350,00
5
FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
0,00
6
INVERSIONES REALES
13.000,00
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00
8
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00

Total Aumentos
13.350,00

El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuación:

Disminuciones de Gastos
Capítulo
Denominación
Importe
1
GASTOS DE PERSONAL
0,00
2
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
-13.350,00
3
GASTOS FINANCIEROS
0,00
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
0,00
5
FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
0,00
6
INVERSIONES REALES
0,00
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00
8
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00

Total Disminuciones
-13.350,00

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Andorra, a 19 de marzo de 2026.- La Presidenta D. Naiara Loras Minguillón.- Documento firmado electrónicamente.

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