BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3081

Aprobación definitiva de la modificación de créditos 07/2024

Publicado el  9/19/24, BOP número  181

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Gúdar Javalambre

Departamento:
Comarca de Gúdar Javalambre

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Por Acuerdo del Pleno de la Comarca de Gúdar Javalambre de 29 de julio de 2024 se aprobó el expediente de modificación de créditos n. º 07/2024, del Presupuesto vigente de esta Corporación bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito con cargo al Remanente Líquido de Tesorería y Baja de Crédito de otras Aplicaciones.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el siguiente Acuerdo de Modificación de créditos 07/2024:
ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente Modificación de Créditos n. º 07/2024 del vigente Presupuesto comarcal bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito con cargo al Remanente Líquido de Tesorería y Baja de Crédito de otras Aplicaciones, de acuerdo con el siguiente resumen:
Créditos Extraordinarios y suplementos de Créditos del Presupuesto de Gastos


PARTIDA
CRÉDITOS
INÍCIALES
MODIFICACIÓN
DEL CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
135
60900-00
Construcción helipuertos nocturnos
0,00
100.000,00
100.000,00
231
48000-28
Convenio ATADI Comidas a Domicilio
0,00
8.500,00
8.500,00
231
48000-29
Ayudas Usuarios Servicio Comidas a Domicilio
0,00
7.000,00
7.000,00


0,00
115.500,00
115.500,00
Esta modificación se financia con cargo a Bajas de Crédito del Presupuesto de Gasto, y al Remanente Líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Bajas y Minoraciones de Créditos en el Presupuesto de Gastos


PARTIDA
CRÉDITOS
INÍCIALES
MODIFICACIÓN
DEL CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
231
22799-21
Servicio Comidas a Domicilio
8.000,00
8.000,00
0,00


8.000,00
8.000,00
0,00
Remanente de Tesorería


PARTIDA
INGRESOS
INICIALES
MODIFICACIÓN
INCREMENTO
INGRESOS
FINALES

870000
Remanente de Tesorería para Gastos
Generales
781.765,34
107.500,00
889.265,34


781.765,34
107.500,00
889.265,34
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Mora de Rubielos a 9 de septiembre de 2024 El Presidente Fdo.: José Luis Alvir Martín Martínez
Documento firmado electrónicamente
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