EDICTO
Este Ayuntamiento, en sesión plenaria extraordinaria de 9 de febrero de 2023, adoptó, entre otros, por unanimidad de los seis miembros presentes, que representan la mayoría absoluta de la Corporación Municipal, el siguiente acuerdo:
“PRIMERO. Delegar el ejercicio de la competencia como órgano de contratación del contrato de obras, mediante procedimiento abierto simplificado, “Fase 2 Edificio Usos Múltiples” que la disposición adicional segunda, punto 2, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público otorga al Pleno en la Alcaldía-Presidencia, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Los actos dictados por la Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, el Pleno, correspondiendo en consecuencia a este la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.
De los actos dictados por la Alcaldía-Presidencia se dará cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que éste celebre.
SEGUNDO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.”
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Villafranca del Campo, a 16 de febrero de 2024.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Navarro Vicente.