BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3371

Aprobación definitiva Ordenanza fiscal tasa Impuesto Vehículos Tracción Mecánica.

Publicado el  10/24/25, BOP número  202

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Riodeva

Departamento:
Ayto. de Riodeva

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Visto que, con fecha 12 de diciembre de 2024, la tesorería municipal presentó su propuesta en la que argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

El Pleno de esta Entidad de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, previa deliberación y por unanimidad con el voto favorable del número legal de miembros de la Corporación,

ACUERDA

PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en los términos siguientes:

ORDENANZA Nº 6: IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Se modifican las cuotas actuales, estableciéndose anualmente de la siguiente manera:
Turismos:
De menos de 8 CF 15,27 €
De 8 hasta 11,99 CF 41,24 €
De 12 hasta 15,99 CF 87,04 €
De 16 hasta 19,99 CF 108,43 €
De 20 CF en adelante 135,52 €

Autobuses:
De menos de 21 plazas 100,79 €
De 21 a 50 plazas 143,55 €
De más de 50 plazas 179,44 €

Camiones:
De menos de 1.000 Kg. De c.u 51,16 €
De 1.000 a 2.999 Kg. De c.u 100,79 €

SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, con base en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza.

Riodeva, a fecha de firma electrónica.
Subir