En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, sobre Modificación presupuesto nº 3/2024 del Presupuesto en vigor, mediante Suplemento de crédito y crédito extraordinario, como sigue a continuación:
Aumentos en aplicaciones de gastos
Capítulo Denominación Importe
2 Gasto corriente 5.000,00
6 Inversiones 67.374,85
Total aumentos 72.374,85
Se financian con mayores ingresos en
Capítulo Denominación Importe
5 Ingresos patrimoniales 6.000,00
7 Transferencias de capital 55.681,69
Remanentes de Tesorería 10.693,16
Total mayores ingresos 72.374,85
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado
Jabaloyas.- A fecha de firma electrónica.