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Anuncio # 2024-1613

Convenio de  Colaboración entre la  Comarca de Andorra- Sierra de Arcos y la Asociacióon de Donates de Sangre de la Comarca de Andorra Sierra de Arcos. 2024

Publicado el  5/15/24, BOP número  92

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Andorra Sierra de Arcos

Departamento:
Comarca de Andorra Sierra de Arcos

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SUMARIO
Información pública del texto inicial del convenio Comarca Andorra Sierra de Arcos y Asociación Donantes de Sangre
TEXTO
Negociado y suscrito el texto inicial del convenio que se adjunta, cuya finalidad es: el establecimiento del marco de cooperación entre la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos con Asociación Donantes de Sangre, para la realización de actividades propias de la misma contempladas en proyectos anteriores en municipios de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
ANUNCIO DE EXPOSICIÓN INICIAL
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMARCA DE ANDORRA- SIERRA DE ARCOS Y LA ASOCIACIÓN DE DONANTES DE SANGRE DE LA COMARCA DE ANDORRA-SIERRA DE ARCOS. 2024
REUNIDOS
De una parte, Dª Naiara Loras Minguillon, en su calidad de Presidenta de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
Y de otra, D. Ramón Villanueva Aznar. en su calidad de Presidente de la Agrupación Comarcal de la Asociación de Donantes de Sangre, con CIF G 44194736.
INTERVIENEN
En representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, bastante en derecho, con plena capacidad y legitimados para formalizar el presente Convenio y, en orden del mismo
EXPONEN
Primero.- Es objeto del presente Convenio el establecimiento del marco de cooperación entre la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos y la Agrupación Comarcal de Donantes de Sangre de Aragón, para el mantenimiento de la mencionada Agrupación, dada la importante labor social que desarrolla.
Segundo.- La Asociación tiene como ámbito de actuación la totalidad del territorio de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, desarrollando programas y actividades sin ánimo de lucro encaminadas a la sensibilización de la importancia de las donaciones de sangre y organizando campañas de extracción.
CLÁUSULAS
Primera.- La Agrupación Comarcal de Donantes de Sangre de Aragón desarrollará sus actividades de voluntariado en materia de donación de sangre en el ámbito territorial de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
La finalidad de la subvención será atender gastos necesarios para el buen desarrollo del proyecto objeto de la subvención. Quedarán excluidas las inversiones en bienes inventariables, vinos de honor, regalos y cualquier gasto que no tenga relación con la actividad objeto de la subvención.
Preferiblemente se destinará a los gastos de correos para las campañas de donación, pudiéndose destinar también a la adquisición de los alimentos que se reparten tras la realización de la donación de sangre. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad a desarrollar.
Segunda.- La Comarca de Andorra - Sierra de Arcos se compromete a aportar la cantidad total de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00€) con cargo a la partida presupuestaria 234 48060 4 , del presupuesto comarcal 2024, para colaborar en el mantenimiento de la mencionada Asociación.
Tercera.- Justificación y pago.
El pago se realizará en función de la justificación que se acepta sea fraccionado, se podrá realizar el pago anticipado del 75% previa solicitud del interesado, quedando condicionada a la justificación completa en tiempo y forma, deberán de devolverse
A efectos de la justificación la Asociación aportará:
1) Memoria anual de las actividades, que deberá recoger lo siguiente:
a) Denominación de las actividades.
b) Finalidad.
c) Beneficiados.
d) Localización territorial de las actividades.( AMBITO TERRITORIAL COMARCA ANDORRA SIERRA DE ARCOS)
2) Justificación de gastos, que deberá contener lo siguiente:
a) Facturas acreditativas del gasto realizado, en documento original o fotocopia compulsada.
b) Justificantes de los pagos realizados.( se excluyen gastos de luz, teléfono, suministros de agua, calefacción, limpieza)
3) Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, expedida por la Administración competente.
4) Certificado de Cumplimiento de la finalidad y de no obtención de otras subvenciones.
Cuarta.- Plazo de justificación.
Los anteriores documentos deberán presentarse antes del 15 de diciembre de 2024.
Quinta.- El presente Convenio tendrá efectividad a partir del momento de su firma durante el año 2024.
Así lo otorgan y convienen ambas partes, firmando el presente, electrónicamente, en la fecha indicada al margen.
De conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública por el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia.
A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://andorrasierradearcos.sedelectronica.es
El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
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