BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-4323

Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 5/2025.

Publicado el  12/23/25, BOP número  243

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villafranca del Campo

Departamento:
Ayto. de Villafranca del Campo

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Acuerdo del Pleno de fecha 17/10/2025__, del Ayuntamiento de Villafranca del Campo (TERUEL), por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 5/2025_ del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería.

Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario
Créditos finales
Progr.
Económica




1500
60900
Adquisicion de vivienda
0
60000
60000
1532
60900
Pamientacion parte muncipal del plan de asfaltado
0
14257,9
14259,9
4100
21300
Instalacion de monedero contador y pequeño acodicionamiento
0
8371,9
8371,9
4100
60900
Adecuacion balsa
0
20000
20000


TOTAL


102.631,8

2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación: económica
Descripción
Euros
Cap.
Art.
Conc.


8700
Remanente para gastos generales
102.631,8



TOTAL INGRESOS
102.631,8

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.


Villafranca del Campo, a fecha de firma electrónica.
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