BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3176

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 7, reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerio.   

Publicado el  10/8/25, BOP número  191

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villar del Cobo

Departamento:
Ayto. de Villar del Cobo

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Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Villar del Cobo, en sesión celebrada el día 8 de agosto de 2025, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 7, reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerio.

En cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y previo cumplimiento del procedimiento de información pública y aprobación provisional previsto en dicha norma, se hace público que:
El acuerdo plenario provisional relativo a la aprobación de la Ordenanza Fiscal nº 7, reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Cementerios, sometido a exposición pública durante el plazo legalmente establecido, no ha recibido reclamaciones ni alegaciones dentro del periodo señalado.
En consecuencia, conforme a lo previsto en el citado artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda elevado a definitivo el referido acuerdo plenario y se publica el texto íntegro de la ordenanza, aprobado definitivamente por el Pleno, para general conocimiento.

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL N.º 7 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: CEMENTERIO

Nueva redacción de su artículo 6, relativo a la cuota tributaria y tarifas, con inclusión de los enterramientos en tierra y los columbarios, quedando como sigue:
Artículo 6. Cuota tributaria y tarifas:
La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:
Nichos y enterramientos en tierra:
• Vecinos: 60 €
• No vecinos: 360 €
Columbarios:
• Vecinos: 30 €
• No vecinos: 180 €
Los gastos y trabajos de cerrar nichos, sepulturas o columbarios serán por cuenta de los interesados. Asimismo, serán por cuenta de los interesados los servicios y costes de exhumación o traslado de cadáveres, colocación de lápidas, así como otros no incluidos en la propia concesión.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo, el expediente podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales, en horario de atención al público.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente el acuerdo provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario expreso, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del TRLRHL.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón , con sede en Teruel

Villar del Cobo, a 3 de octubre de 2025.- El Alcalde D. José Miguel Aspas Cutanda.- Documento firmado electrónicamente.
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