BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-4404

Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora, convocatoria subvenciones personas celíacas.

Publicado el  12/27/24, BOP número  247

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

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Acuerdo de Pleno de 08/11/2024 del Ayuntamiento de Calanda por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Bases para la convocatoria de concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Bases para la convocatoria de concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Primero.- La aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de las Bases para la convocatoria de concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten que se presenta como anexo al presente acuerdo.
Segundo.- La publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, y en la web municipal, al objeto de que durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial, los ciudadanos puedan presentar las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas.
Tercero.- Las reclamaciones y sugerencias presentadas serán informadas por Secretaría, que elevará al Pleno la propuesta de estimación o desestimación que proceda y de aprobación definitiva de la Ordenanza.
Cuarto.- En caso de no presentarse reclamaciones ni sugerencias, se entenderá aprobada definitivamente la Ordenanza, a cuyo efecto por la Alcaldía se ordenarán los trámites necesarios para la conclusión del procedimiento y su entrada en vigor.
Quinto.- Que el acuerdo de aprobación definitiva o, en su caso, el acuerdo de aprobación inicial elevado automáticamente a aquella categoría, junto con el texto de la Ordenanza, se publique en el Boletín Oficial de la Provincia para su conocimiento y efectos.

Calanda.- A fecha de firma electrónica.
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