APROBACIÓN PROVISIONAL DEL PADRÓN DE TASAS CORRESPONDIENTE AL SERVICIO AYUDA A DOMICILIO DEL MES DE NOVIEMBRE 2025.
La Presidencia de este Consejo Comarcal ha dictado con fecha tres de febrero el Decreto nº 91/2026, que es del siguiente tenor literal:
“En Alcañiz,
Visto el Padrón de Tasas correspondiente al Servicio de Ayuda a Domicilio del mes de noviembre 2025 de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 1 Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Comarca del Bajo Aragón.
En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 30.1.i) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en relación con el art. 51.1 del Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar el Padrón de Tasas correspondiente al Servicio de Ayuda a Domicilio del mes de noviembre 2025 de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 1 Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Comarca del Bajo Aragón por un importe total de 6.679,22 €.
Segundo.- Notificar de forma colectiva las liquidaciones y el anuncio de la cobranza en voluntaria del Padrón de Tasas correspondiente al mes de noviembre de 2025 por los medios habituales, y señaladamente a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Entidad.
Tercero.- Exponer el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este al público en las dependencias de la Entidad, así como en su sede electrónica https://bajoaragon.sedelectronica.es, durante el plazo de veinte días.
Cuarto.- De no presentar reclamación alguna en el período de exposición al público, la resolución adoptada se elevará a definitiva.”
Alcañiz, a 3 de febrero de 2026.- El Presidente de la Comarca del Bajo Aragón. D José Miguel Celma Belmonte.- Documento firmado electronicamente.