BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0679

Aprobación definitiva Modificación Ordenanza municipal reguladora de la policía de perros y animales domésticos.

Publicado el  3/6/25, BOP número  45

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Griegos

Departamento:
Ayto. de Griegos

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la policía de perros y animales domésticos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.


Las variaciones a introducir afectan al TITULO VIII: “Régimen sancionador”, artículo 20, SANCIONES; que, quedaría como sigue:

El art. 20 queda redactado del modo siguiente: Las infracciones administrativas tipificadas en la presente Ordenanza se sancionarán por la Alcaldía con la siguiente escala:
a) Infracciones leves, con multa de treinta euros (30 €) a trescientos euros (300 €).
b) Infracciones graves, con multa de trescientos euros (300,00 €) a mil euros (1.000 €).
c) Infracciones muy graves, con multa de mil euros (1.000,00 €) a seis mil euros (6.000,00 €).

En el caso de infracciones leves, en la PRIMERA INFRACCIÓN se amonestará por escrito al infractor y se abrirá expediente.
En la SEGUNDA INFRACCIÓN, la sanción pecuniaria a imponer será de 30,00 €.
En la TERCERA INFRACCIÓN, la sanción pecuniaria a imponer se incrementará en un 50% (60,00 €).
Si se reincide más veces, el importe será del 100% (300,00 €)
En el caso de infracciones graves y muy graves, se estará a lo dispuesto en la Ley.

DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Griegos, a 3 de marzo de 2025.- El Alcalde, D. Antonio Sancho Barberán. Documento firmado electrónicamente.
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