El Pleno del Ayuntamiento de Aguaviva, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de febrero de 2023, aprobó el Pliego de cláusulas administrativas particulares que ha de regir la enajenación mediante subasta de los bienes patrimoniales sitos en C/Bergantes nº 13 y C/Santa Bárbara nº 12 de Aguaviva.
Quedando expuesto el mismo en este Ayuntamiento durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante y en el Boletín Oficial de la Provincial para que puedan presentarse reclamaciones.
Simultáneamente se convoca licitación con este objeto, no obstante en el supuesto de presentarse reclamaciones, el plazo expresado quedara suspendido hasta que se resuelvan las mismas, y en caso de admitiesen, se procederá a realizarse nueva convocatoria, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la provincia.
CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN.
A.- El objeto de la presente subasta es la venta de los inmuebles urbanos de propiedad municipal de este Ayuntamiento sitos en:
-C/Bergantes nº 13: 7.035€ Referencia catastral 6330706YL3263S0001SG
- C/Santa Bárbara nº 12: 8.160€ Referencia catastral 6330107YL3262N0001BD
B.- Fecha de constitución de la mesa de contratación: La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12 horas, procederá a la apertura del Sobre «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos en el Ayuntamiento de Aguaviva.
C.-Tipo de licitación: Sirve de tasación base o precio de salida la cantidad de:
-7.035€ para el solar de 201 m2 ubicado en la C/Bergantes nº 13 (21% IVA no incluido).
-8.160€ para el solar de 204 m2 ubicado en la C/Santa Bárbara nº 12 (21% IVA no incluido).
D. Compromisos: Se establecen los siguientes compromisos: Los rematantes se comprometen a la construcción de viviendas.
Plazos para construcción: 12 meses para presentación de proyecto técnico y 18 meses para inicio de las obras, contados desde la fecha de la adjudicación y deberá terminarse en el plazo de 18 meses desde el inicio de las obras, sabiendo que en el caso de no cumplirse los plazos los terrenos revertirán en el Ayuntamiento. Los terrenos serán intransferibles hasta la primera construcción y en todo caso 5 años, y existe la obligación de construir.
E.- Garantías: Fianza provisional a favor del Ayuntamiento de Aguaviva por importe equivalente al 3% por 100 del precio tipo de licitación del solar:
-211,05€ € para el solar de 201 m2 ubicado en la C/Bergantes nº 13
-244,80€ para el solar de 204 m2 ubicado en la C/Santa Bárbara nº 12
F.- El Plazo de presentación de Ofertas será desde la publicación del edicto hasta el momento justo de reunirse la mesa de contratación.
G.- Las Ofertas (en sobre B) se presentarán en la Secretaria del Ayuntamiento durante las horas de oficina y con sujeción al siguiente modelo:
H. “D/Dª___________vecino de _________con domicilio en ___________, cuya personalidad acredita con D.N.I. nº_____
En relación a la venta del inmueble sito en C/Bergantes nº 13 o C/Santa Bárbara nº 12 (elegir el que se seleccione) de Aguaviva ofrece por la compra del mismo la cantidad de ________________________________euros (en letra) ___________euros (en número).
En Aguaviva, a ___de _______________de 2.024.
Fdo.”
A la oferta (en sobre A) deberá de adjuntarse la siguiente documentación administrativa:
1) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario o de la persona física (copia del D.N.I).
2) Documentos que acrediten la representación.
-Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
-Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
3) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional.
G.- Será de cuenta del adjudicatario los gastos de escritura, inscripción registral, así como demás impuestos o aranceles que graben las transmisiones patrimoniales, I.V.A. etc.
Así mismo el importe de la adjudicación deberá de ser ingresado en su totalidad en las Arcas Municipales en el momento de realizar la Escritura Pública.
H. Serán de cuenta del adjudicatario cuantos gastos genere la subasta.
En Aguaviva, a 14 de febrero de 2024.- El Alcalde, Aitor Clemente Guillén