BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 22579

Concurso-oposición plaza de Secretaría-Intervención

Publicado el  12/7/07, BOP número  235

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Cuencas Mineras

Departamento:
Comarca de Cuencas Mineras

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El Consejo Comarcal de la Comarca de Cuencas Mineras, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2007, aprobó las Bases de la Convocatoria para proveer, mediante Concurso-oposición la plaza de Secretaría-Intervención de la Comarca de Cuencas Mineras de manera interina, cuyo texto es el siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE FORMA INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN DE LA COMARCA DE CUENCAS MINERAS (TERUEL).

Primera.- Las presentes Bases regulan la convocatoria pública para cubrir con carácter interino, el puesto de Secretaría-intervención de la Comarca de Cuencas Mineras, hasta que éste se cubra con carácter definitivo por funcionario de Habilitación Nacional.
Segunda.-Podrán tomar parte en ésta convocatoria pública todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada en la legislación básica en materia de función pública.
c) Estar en posesión de la Licenciatura de Derecho, Ciencias Políticas y Sociología, o Económicas y Empresariales.
d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal ejercicio de las funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
Tercera.- Solicitudes:
Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que habrán de constar todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca de Cuencas Mineras. C/ Escucha, s/n. 44760 Utrillas (Teruel), presentándose en el registro general de dicha Comarca o en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, así como del título académico acreditativo del requisito del apartado c) de la segunda de estas bases.
Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia los méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debida acreditación.
Cuarta.- Admisión de aspirantes:
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Comarca de Cuencas Mineras, concediéndose en su caso, un plazo de cinco días naturales a efectos de subsanación de errores a los aspirantes excluidos, con el apercibimiento de que, si así no lo hicieran, se archivarán las instancias excluidas sin más trámite y quedarán excluidos de la lista de aspirantes. Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Concluido éste último plazo, la Presidencia, hará públicas mediante anuncio en el tablón de anuncios de la Comarca de Cuencas Mineras la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así cómo la composición del Tribunal Calificador, la fecha, lugar y hora de las pruebas y las calificaciones obtenidas.
Quinta.- El tribunal calificador estará formado por:
Presidente.- Un funcionario designado por la Diputación Provincial de Teruel. Vocales:
- Dos funcionarios de habilitación nacional que presten servicios en entidad local de la provincia, designados por el Colegio Oficial respectivo.
- Un funcionario designado por la Comunidad Autónoma, nombrado a propuesta del Instituto Aragonés de Administración Pública.
Secretario: Será designado por el Presidente de entre alguno de los vocales.
El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que habrán de designarse juntamente con los titulares.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los casos legalmente previstos, notificándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados en los mismos supuestos.
Sexta.- Selección:
El tribunal a la vista de los méritos alegados y debidamente acreditados, practicará la selección de los candidatos de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Por licenciatura.
- En Derecho: 3 puntos.
- En Ciencias Políticas o Sociología, Ciencias Económicas o Empresariales: 1 puntos.
El máximo de puntuación por Licenciaturas: 5 puntos.
B) Por superación de ejercicios de la oposición:
- Por cada ejercicio superado en las pruebas de acceso a la subescala de Secretaría-Intervención, en una sola convocatoria de entre las dos últimas celebradas, 0,5 puntos.
- Por cada ejercicio superado en las pruebas de acceso a otras subescalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en una sola convocatoria de entre las dos últimas celebradas, 0,25 puntos.
El máximo de puntuación por superación de ejercicios, 1,25 puntos.
C) Por cursos relacionados con el puesto de trabajo:
- Por cursos impartidos por el IAAP, INAP u otros Centros oficiales de formación, relacionados con las tareas a desempeñar:
- cursos entre 20 y 30 horas 0,20 puntos.
- cursos entre 31 y 40 horas 0,30 puntos.
- cursos entre 41 y 50 horas 0,40 puntos.
- cursos entre 51 y 100 horas 0,50 puntos.
- cursos de más de 100 horas 1,00 puntos.
El máximo de puntuación por cursos, 2 puntos.
D) Por experiencia:
Por cada mes de servicio prestado por el aspirante como Secretario-Interventor en Entidades Locales: 0,05 puntos.
El máximo de puntuación por experiencia, 3 puntos.
E) Entrevista. La entrevista personal técnica, que contendrá un mínimo de 10 preguntas sobre las funciones a realizar, se puntuará entre un mínimo de 0 puntos y un máximo de 5 puntos.
Séptima.- Propuesta de nombramiento:
Concluida la calificación, el tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Comarca de Cuencas Mineras la relación de aspirantes por orden de puntuación, efectuando propuesta de nombramiento del aspirante que haya obtenido mayor puntuación, ante la Dirección General de Administración Local y Política Territorial de la Diputación General de Aragón.
Octava.- Presentación de documentos y toma de posesión:
El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del plazo de dos días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.
a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia.
En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.
De igual forma se procederá en caso de renuncia, o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, con el orden de las puntuaciones totales obtenidas funcionará como bolsa de trabajo.
Novena.- En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la legislación de acceso a la función pública, disponiendo el Tribunal de la facultad de resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso de selección.
Décima.- Las presentes Bases y cuantos actos se deriven de las mismas podrán ser impugnadas con arreglo a lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposiciones concordantes.
Utrillas, 29 de noviembre de 2007.-El Presidente. Francisco Javier Altaba Cabañero.
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