BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1144

Aprobación definitiva modificaciones Ordenanza Fiscal n.º 7, alcantarillado, y Ordenanza Fiscal n.º 20, suministro agua potable.

Publicado el  4/8/25, BOP número  68

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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Terminado el plazo de exposición pública del acuerdo de pleno en sesión de fecha 3 de febrero de 2025 de aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal n.º 7, reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado y de modificación de la ordenanza fiscal n.º 20, reguladora de la tasa por suministro de agua potable (Expte. 5773/2024/TE) y no habiéndose presentado reclamación alguna, queda automáticamente elevado a definitivo, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 párrafo 4º del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se transcribe a continuación su texto íntegro:

“MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL NÚMERO 7, REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO
Tarifa segunda: Mantenimiento de la red municipal de alcantarillado
Bloque
Límite mensual de consumo (m³)
Tarifa 2025
Uso doméstico
Euros/m³
Tarifa 2025
Uso Industrial
Euros/m³
Tarifa 2025
Otros Barrios Rurales
Euros/m³
Bloque I
Hasta 5 m³
0,0686
0,0698
0,0363
Bloque II
Entre 5 y 15 m³
0,1016
0,1047

Bloque III
Más 15 m³
0,1691
0,1083

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL NÚMERO 20, REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE
1.- Cuota Servicio.- Contenedores individuales
Cuota de Servicio
Caudal permanente
Q3/ m3/hora /hasta
Domésticos
Euros/mes
Industriales
Euros/mes
Barrios Rurales
Euros/mes
2,5
0,93846
0,93846
0,93846
4
1,12283
1,12283
1,12283
6,3
1,27058
1,27058
1,27058
10
1,77526
1,77526
1,77526
16
2,29413
2,29413
2,29413
25
3,07183
3,07183
3,07183
40
3,97246
3,97246
3,97246
63
4,87310
4,87310
4,87310
100
6,11767
6,11767
6,11767
160
7,09159
7,09159
7,09159

2.- Cuota consumo
Bloque
Límite mensual de consumo m³
Domésticos
Euros/m3
Industriales
Euros/m3
Barrios Rurales
Euros/m3
Bloque I
Hasta 5 m³
0,578
0,591
0,308
Bloque II
Entre 5 y 15 m³
0,857
0,888

Bloque III
Más 15 m³
1,435
0,921

3.- Mantenimiento de la red municipal de agua potable
Mantenimiento red Euros/mes
Euros/mes
Caudal permanente (Q3) m3/hora (hasta)
2,5
1,1737
4
1,1737
6,3
1,1737
10
1,1737
16
1,1737
25
1,1737
40
1,1737
63
1,1737
100
1,1737
160
1,1737

4.- Cuota Conservación de contadores
Conservación Contador
Euros/mes
Caudal permanente (Q3) m3/hora (hasta)
2,5
0,838
4
1,011
6,3
1,160
10
1,580
16
2,048
25
2,763
40
3,577
63
4,390
100
5,501
160
6,339

Tarifa Cuarta.- Ejecución de obras de inversión
Cuota Consumo
Euro/m3

0,0268

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal, a la unidad de Contratación y al Concesionario, con advertencia de las acciones legales procedentes.

Tercero.- Dar traslado a la unidad de gestión tributaria, a los efectos del trámite de modificación de las correspondientes ordenanzas fiscales, y que realizará conforme lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, que regula el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales la publicación de las nuevas tarifas aprobadas respecto del la Ordenanza Fiscal número 7 reguladora de la Tasa por prestación de servicios de Alcantarillado y Ordenanza Fiscal número 20 reguladora de la Tasa por suministro de agua potable, servicios que son prestados por la empresa Aguas de Valencia, SA.”

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Teruel.- La Concejala Delegada del Área de Economía y Hacienda, D.ª Carmen Romero Górriz. A fecha de firma electrónica.
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