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Anuncio # 2025-3846

Aprobación definitiva  de la modificacion de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas .

Publicado el  11/26/25, BOP número  225

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

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Acuerdo del Pleno de fecha 26/09/2025 de la Entidad de Calanda por el que se aprueba definitivamente la modificacion de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas .

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas en los siguientes términos:

Artículo 8º.- Tipo de gravamen y cuota tributaria.
Las tarifas tendrán dos conceptos: Uno fijo que se pagará por una sola vez al comenzar a prestar el servicio, o cuando se reanude después de haber sido suspendido por la falta de pago u otra causa imputable al usuario, y otro periódico en función del consumo:
Tarifas:

Conexión o cuota enganche, tarifa única por vivienda o domicilio comercial o análogo:
130,00.-€
Conexión o cuota enganche provisional para ejecución de obras, tarifa única por cada bloque de viviendas o locales con toma independiente. La autorización se extinguirá automáticamente a la finalización de las obras.
60,00.-€
Cuota única de servicio mínimo (al semestre):
14,40.-€
d) Cuota de consumo domiciliario por semestre:

Por cada m³ consumido hasta 18 m³ (coste incluido en cuota mínima)
0,00.- €

Por cada m³ consumido hasta 40 m³
0’40.-€

Por cada m³ consumido desde 40 m³
0’50.-€
e) Cuota de consumo por uso comercial, industrial o por explotaciones ganaderas con un consumo inferior a 12.500 m³: por cada m³ consumido.
0’40.-€
f) Cuota de consumo por uso comercial, industrial o por explotaciones ganaderas con un consumo superior a 12.500 m³: por cada m³ consumido.
0’60.-€
g) Por último, se establece una cuota para financiar los gastos que ocasiona el nuevo abastecimiento de agua desde el pantano de Calanda con destino a los municipios de Alcañiz, Calanda, Castelserás, Valdealgorfa, Torrecilla de Alcañiz, La Codoñera, Torrevelilla y Belmonte de San José. Dicha cuenta fija se establece a razón de 12’00.- € trimestrales por contador de servicio.

SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de Teruel, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad [http://calanda.sedelectronica.es].

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto”.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Calanda, a fecha de firma electrónica.
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